BOP de Guadalajara · 31 Aug 2026 · 1 vistas
La Diputación asume la videovigilancia de El Cubillo de Uceda
Por FactBox Admin

La Diputación Provincial de Guadalajara asume el mantenimiento de los puntos de videovigilancia del municipio de El Cubillo de Uceda mediante un convenio de encomienda de gestión, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 166, de lunes 31 de agosto de 2026. El acuerdo fue formalizado el 27 de agosto de 2026 y su publicación en el boletín supone su entrada en vigor.
El convenio se enmarca en el Plan de Videovigilancia y Seguridad de la Diputación Provincial de Guadalajara, en marcha desde hace más de dos años, cuyo objetivo es desplegar una red de cámaras en los accesos a los núcleos de población y en la red provincial de carreteras para prevenir la comisión de delitos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en su esclarecimiento.
Un acuerdo tramitado en tres fases
La encomienda fue aprobada por el Pleno municipal de El Cubillo de Uceda el 17 de noviembre de 2025 y aceptada por el Pleno de la Diputación el 20 de febrero de 2026. El convenio se formalizó el 27 de agosto de 2026 y fue firmado en Guadalajara el 28 de agosto de 2026 por el presidente de la Diputación, D. José Luis Vega Pérez.
- Acuerdo del Pleno municipal: 17/11/2025
- Acuerdo del Pleno de la Diputación: 20/02/2026
- Formalización del convenio: 27/08/2026
- Firma en Guadalajara: 28/08/2026
Qué asume cada parte
La Diputación, como entidad encomendada, se obliga al mantenimiento de los puntos de videovigilancia (PVV) con un alcance que incluye el suministro de licencias de software, el sistema de comunicaciones 4G/5G para la transmisión y almacenamiento en la nube de las imágenes, y el mantenimiento correctivo y preventivo del hardware, incluida la sustitución de los puntos que no funcionen correctamente. También tramitará ante la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha las solicitudes de renovación de las autorizaciones fijas de videocámaras.
Por su parte, el Ayuntamiento de El Cubillo de Uceda, como encomendante, asume la dotación del báculo y el suministro eléctrico de cada punto, y autoriza a la Diputación a usar el báculo de soporte para instalar otros elementos necesarios para los fines de la institución provincial.
Marco jurídico y duración
El convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2019, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que permite encomendar actividades materiales o técnicas por razones de eficacia o cuando no se disponga de los medios técnicos idóneos. Se apoya además en la competencia de asistencia y cooperación técnica a los municipios prevista en el artículo 36.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el Real Decreto 595/1999, que desarrolla la Ley Orgánica 4/1997 sobre utilización de videocámaras en lugares públicos.
- Duración inicial: cuatro años
- Prórroga posible: hasta cuatro años adicionales por acuerdo unánime
- Entrada en vigor: al día siguiente de su publicación en el BOP
- Seguimiento: comisión con dos representantes de cada parte, presidida por la Diputación
Por motivos de seguridad, el boletín no publica la identificación ni la ubicación de los puntos de videovigilancia incluidos en el convenio. La publicación conjunta del contenido coincidente de los convenios se realiza en cumplimiento del artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La incorporación de El Cubillo de Uceda al Plan provincial de videovigilancia refuerza la seguridad en los accesos rodados de un municipio de la provincia, extendiendo la red de cámaras que la Diputación mantiene en todo el territorio y que contribuye a la prevención del delito y a la rápida actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 166, lunes 31 de agosto de 2026, sección anuncios (referencia oficial: documento 2026_2288, código de verificación f3457360cd564d9a0074fcee7106b0020625f8b1).