BOP de Guadalajara · 30 Sep 2026 · 15 vistas
La Diputación aprueba el nuevo reglamento de la Residencia Príncipe Felipe
Por FactBox Admin

El Pleno de la Diputación Provincial de Guadalajara aprobó inicialmente el nuevo Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Estudiantes «Príncipe Felipe», que sustituye al vigente desde 2002. El acuerdo se adoptó en sesión ordinaria del 24 de septiembre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 186, de 30 de septiembre de 2026, bajo el Expediente 4867/2026. El texto queda sometido a información pública y audiencia de los interesados por un plazo mínimo de treinta días.
La Residencia es un servicio público titularidad de la Diputación Provincial de Guadalajara desde 1987, destinado a facilitar el acceso y la continuidad de los estudios a jóvenes procedentes de los municipios de la provincia. El edificio, situado en el Paseo Doctor Fernández Iparraguirre número 24 de Guadalajara, figura en el Inventario de Bienes provincial con el Activo F00025 y una superficie construida de 3.407,72 metros cuadrados (2.489,39 útiles); su referencia catastral es 5779401VK8957N0001EB.
El preámbulo justifica la norma por las características territoriales de la provincia: 288 municipios y más de 12.000 kilómetros cuadrados con una distribución demográfica muy desigual, entre el Corredor del Henares y zonas de la Serranía, Sierra Norte, Alcarria y Señorío de Molina-Alto Tajo marcadas por la despoblación. El reglamento se apoya en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, y en la Ley 40/2015 y la Ley 39/2015 para el régimen sancionador y el procedimiento.
Un texto de 84 artículos y diez títulos
El reglamento se estructura en 84 artículos distribuidos en diez títulos, desde las disposiciones generales hasta la seguridad, emergencias y protección de datos, e incluye disposiciones adicionales, una transitoria, una derogatoria y tres finales. La disposición derogatoria única deja sin efecto el Reglamento de Régimen Interno de 2002 y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan.
Los órganos de dirección y participación son:
- La Presidencia de la Diputación o el órgano en quien delegue.
- La Dirección de la Residencia.
- La Comisión de Admisión.
- El Consejo de Convivencia y Disciplina.
- Dos representantes de los residentes, elegidos anualmente durante el mes de octubre.
La Comisión de Admisión estará integrada por el diputado delegado de la residencia, el administrador-coordinador del Complejo Príncipe Felipe, que actuará como secretario, y un administrativo del complejo o un funcionario adscrito a la Residencia.
Admisión, convivencia y vida diaria
Las plazas se asignarán por orden de prioridad: estudiantes empadronados en la provincia que ya fueron residentes; empadronados en Guadalajara, con preferencia para quienes residan a mayor distancia de la capital; antiguos residentes no empadronados; empadronados en Castilla-La Mancha; y estudiantes de cualquier otro municipio de España. Los empates se resolverán mediante sorteo.
El texto fija además las reglas de convivencia: silencio entre las 23:00 y las 7:30 horas en las zonas de habitaciones, visitas de 9:00 a 22:00 horas con identificación en conserjería, servicio de conserjería permanente las 24 horas y comunicación obligatoria de llegadas posteriores a medianoche, pernoctaciones fuera y ausencias. Se prohíben el alcohol, las drogas ilegales, el tabaco en el interior y la tenencia de animales, salvo excepciones legalmente previstas, y se vetan expresamente las novatadas.
Faltas y sanciones
El régimen disciplinario distingue faltas leves, graves y muy graves. Entre las muy graves figuran las agresiones, el acoso grave, la discriminación, las novatadas, el robo, los daños muy graves, el incendio provocado, el tráfico de drogas, la entrada no autorizada en habitaciones ajenas, la cesión de la habitación y el impago de al menos tres cuotas mensuales tras sanciones previas.
Las sanciones previstas son:
- Apercibimiento por escrito.
- Pérdida temporal de beneficios o servicios accesorios, entre uno y seis meses.
- Suspensión temporal de la condición de residente, hasta tres meses.
- Expulsión o pérdida de la plaza.
- Inhabilitación para futuras convocatorias.
Las faltas graves y muy graves exigirán la instrucción previa de un expediente disciplinario, con pliego de cargos y diez días de alegaciones; las leves requerirán audiencia antes de la resolución. La reparación de los daños causados al patrimonio público será independiente de la sanción.
El reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, conforme al artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Hasta entonces el texto permanece en información pública: si no se presentan reclamaciones o sugerencias, el acuerdo inicial se entenderá definitivamente adoptado; si las hay, resolverá el Pleno mediante aprobación definitiva. El documento está firmado en Guadalajara el 28 de septiembre de 2026 por el presidente, José Luis Vega Pérez.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 186, 30 de septiembre de 2026, sección I, pág. 1-30 (referencia oficial: Expediente 4867/2026).