BOP de León · 26 Oct 2026 · 3 vistas
La Diputación amplía a 2027 los plazos del Plan de Cooperación Municipal
Por FactBox Admin

El Pleno de la Diputación Provincial de León, en sesión celebrada el 19 de octubre de 2026, acordó aprobar la modificación de las bases reguladoras del Plan Provincial de Cooperación Municipal 2024-2025, con el fin de ampliar los plazos de ejecución y justificación de las subvenciones. La nueva fecha límite para realizar las inversiones subvencionadas queda fijada en el 16 de agosto de 2027, mientras que la justificación podrá presentarse hasta el 16 de septiembre de 2027. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de León núm. 203, de lunes 26 de octubre de 2026, con la referencia oficial BOP-LE-2026-203001.
El anuncio, que ocupa las páginas 5 a 8 del boletín dentro de la sección I (Administración Local, epígrafe de Cooperación), está firmado por el diputado de Cooperación y SAM, Valentín Martínez Redondo, con fecha 23 de octubre de 2026 y expediente 1254623H (SEFYCU 7330355). La modificación afecta a todos los ayuntamientos beneficiarios de la convocatoria del plan provincial y se limita a las bases decimocuarta y decimoquinta, cuyo texto se reproduce íntegramente en el anuncio.
El Plan se enmarca en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y su crédito global tiene carácter de gasto plurianual: se financia en un 90% con cargo al presupuesto de 2024 y el 10% restante con cargo al de 2025, condicionado a la consignación efectiva del crédito en cada ejercicio.
Nuevas fechas para ejecutar y justificar
La base decimocuarta, dedicada al plazo de realización de la subvención, establece ahora que el plazo para ejecutar las inversiones subvencionadas finaliza el 16 de agosto de 2027, incluido. El texto precisa además que, cuando las subvenciones se destinen a gastos de mantenimiento derivados de la prestación de los servicios obligatorios, el periodo en que debieron devengarse esos gastos va del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2024.
La base decimoquinta fija el plazo y la forma de justificación. Los ayuntamientos beneficiarios deberán presentar la justificación de la ejecución de las inversiones hasta el 16 de septiembre de 2027 para cobrar el resto de la subvención, es decir, el 10% o el 30% pendiente en su caso. El anuncio aclara que, si se justifica el total de la subvención en la anualidad de 2024, ese porcentaje restante no podrá abonarse hasta que se apruebe el presupuesto de 2025 de la Diputación de León.
Quién contrata y qué se subvenciona
Serán los ayuntamientos beneficiarios los que contraten las inversiones subvencionadas. Solo son subvencionables las contrataciones cuyos expedientes se hayan iniciado a partir de la aprobación de las bases, y no se admite ni la ejecución por administración ni la delegación en la Diputación Provincial.
En el caso de adquisición de inmuebles para destinarlos a vivienda habitual y permanente, la formalización en escritura pública deberá ser posterior al acuerdo de concesión de la subvención. Los gastos de mantenimiento deben estar incluidos en el capítulo II del presupuesto de gastos municipal.
Documentación y medidas de difusión
La justificación se articula mediante una cuenta justificativa con un Anexo III por cada actuación subvencionada, que incluirá:
- Certificado del fedatario público municipal con las obligaciones reconocidas, número de factura, NIF y denominación del acreedor, concepto, fechas e importe.
- Justificantes de gasto y, en su caso, las transferencias bancarias de los anticipos abonados.
- Proyecto completo de la obra conforme al artículo 233.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, sustituible por un proyecto simplificado en obras de menos de 40.000 euros con plazo inferior a un año y sin prórroga.
- Acta de recepción y certificación final de la obra.
- Para adquisición de inmuebles, copia auténtica de la escritura de compraventa y certificación de inscripción en el Registro de la Propiedad.
Las medidas de difusión obligan a colocar un cartel durante la ejecución de la obra y una placa en el exterior del edificio que refleje la cofinanciación y su importe, mantenida al menos cinco años. En caso de cesión de inmuebles, la inscripción deberá recoger la obligación de mantener el destino durante los 30 años siguientes.
Recursos contra el acuerdo
El acuerdo pone fin a la vía administrativa. Contra él podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del anuncio, o bien recurso contencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente en el plazo de dos meses.
El retraso de los plazos da margen a los ayuntamientos de la provincia para cerrar la contratación y ejecución de unas inversiones que, con el calendario anterior, quedaban muy ajustadas, y evita que los consistorios pierdan la subvención por demoras ajenas a su voluntad. El margen adicional también condiciona el cierre contable de la Diputación, ya que el abono del tramo plurianual queda vinculado a la justificación presentada antes del 16 de septiembre de 2027.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de León, núm. 203, 26 de octubre de 2026, sección I (Administración Local), págs. 5-8 (referencia oficial: BOP-LE-2026-203001).