BOP de Burgos · 09 Oct 2026 · 16 vistas
La Diputación adelanta al 1 de diciembre el plazo voluntario de tributos
Por FactBox Admin

La Diputación Provincial de Burgos ha rectificado el anuncio de cobranza de distintos tributos y ha adelantado el final del periodo voluntario de pago del 5 al 1 de diciembre de 2026. La corrección se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos n.º 193, de 9 de octubre de 2026, con la referencia oficial BOPBUR-2026-04354, y está firmada por el presidente de la institución, Borja Suárez Pedrosa. El cambio afecta a todos los contribuyentes de los municipios que tienen delegada o encomendada en la Diputación la gestión recaudatoria de sus tributos.
El anuncio original se había publicado el 1 de octubre de 2026 en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos n.º 187, páginas 4 a 19, con la referencia BOPBUR-2026-04153, y fijaba la cobranza en periodo voluntario entre el 1 de octubre y el 5 de diciembre de 2026, ambos inclusive. Según el texto ahora corregido, el error se localizaba en la determinación de la fecha de fin del periodo voluntario, concretamente en la página 4, párrafo primero, del anuncio primitivo.
La rectificación la firma el Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación Provincial de Burgos, el mismo órgano que tramita la cobranza de los tributos de los ayuntamientos que le han delegado esta competencia. El documento se fecha a 1 de octubre de 2026, aunque su publicación efectiva en el boletín provincial se produce el 9 de octubre.
Qué dice exactamente la rectificación
El texto oficial reproduce el párrafo afectado en su versión errónea y en su versión correcta:
- Donde decía: el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 5 de diciembre de 2026, ambos inclusive.
- Debe decir: el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 1 de diciembre de 2026, ambos inclusive.
El resto del anuncio de cobranza, incluidos los tributos relacionados, las modalidades de pago y las advertencias sobre el procedimiento de apremio, se mantiene sin cambios. La rectificación se limita, por tanto, a la fecha de cierre del plazo de ingreso voluntario, que se acorta en cuatro días respecto a lo publicado inicialmente.
Los tributos y los municipios afectados
La cobranza en periodo voluntario comprende los siguientes tributos locales:
- Tasa por suministro de agua.
- Tasa por recogida de basuras.
- Tasa de vados.
- Tasa de mercadillo.
- Tasa por tránsito de ganado.
- Tasa de cementerio municipal.
- Tasa por tenencia de perros.
- Tasa por rodaje y arrastre.
- Tasa por ocupación de vía pública.
- Arrendamientos de fincas rústicas.
- Regantes.
La relación adjunta al anuncio detalla los ayuntamientos incluidos y el ejercicio objeto de cobro de cada uno, con referencias que combinan el ejercicio 2025, el ejercicio 2026 y el primer semestre de 2026 según el municipio y el tributo. La cobranza se realiza únicamente respecto de los ayuntamientos que tienen delegada o encomendada en la Diputación la gestión recaudatoria de estos tributos.
Cómo y dónde se puede pagar
El anuncio mantiene las modalidades de pago ya previstas:
- Ingreso en cualquier oficina de las entidades colaboradoras: BBVA, Ibercaja, Caja Viva y Banco Santander.
- Pago por Internet a través de la Oficina Virtual del Contribuyente (https://registro.diputaciondeburgos.es/sta), sin necesidad de DNI electrónico ni certificado digital personal.
- Tarjetas admitidas: Mastercard, Eurocard y Visa.
La Diputación recomienda a los contribuyentes utilizar el sistema de domiciliación bancaria. Los cargos en cuenta de los recibos domiciliados se realizaron el 5 de octubre de 2026, y las órdenes de domiciliación formalizadas a partir del inicio del periodo voluntario de pago tendrán efectos en el ejercicio siguiente.
Aviso sobre el procedimiento de apremio
De conformidad con el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, el anuncio advierte de que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio. Ello conllevará los recargos ejecutivos y de apremio correspondientes, los intereses de demora y las costas del procedimiento que se produzcan.
El adelanto del cierre del plazo voluntario reduce en cuatro días el margen disponible para pagar sin recargos, por lo que los contribuyentes de los municipios afectados deben tener en cuenta la nueva fecha límite del 1 de diciembre de 2026 y no la del 5 de diciembre que figuraba en el anuncio publicado el 1 de octubre. Quienes tengan domiciliado el pago no necesitan realizar ninguna gestión adicional, mientras que el resto deberá anticipar el ingreso para evitar la apertura del periodo ejecutivo.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, n.º 193, de 9 de octubre de 2026, III. Administración Local, pág. 6 (referencia oficial: BOPBUR-2026-04354).