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BOP de Sevilla · 29 Oct 2026 · 5 vistas

La Diputación abre la convocatoria de 80.000 euros para universidades públicas sevillanas

Por FactBox Admin

La Diputación abre la convocatoria de 80.000 euros para universidades públicas sevillanas

La Diputación Provincial de Sevilla, a través de su Área de Concertación, ha aprobado las bases reguladoras específicas y la convocatoria 2026 de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a universidades públicas con sede en la provincia. La decisión se formaliza en la Resolución n.º 7945/2026, de 26 de octubre, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) n.º 210, de jueves 29 de octubre de 2026, con el código de verificación BOP-SE-2026-210001 para las bases y BOP-SE-2026-210002 para el extracto. La convocatoria figura en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el identificador BDNS 938119.

La convocatoria se ampara en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su reglamento (Real Decreto 887/2006), así como en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Sevilla, publicada en el BOP de Sevilla n.º 104, de 9 de mayo de 2023. Se enmarca en la Línea 5 del Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Concertación 2024-2027 y la firma la Diputada del Área de Concertación, Inmaculada Márquez Montes, con fecha 27 de octubre de 2026.

Hasta 80.000 euros con cargo a dos ejercicios

El importe máximo de la convocatoria es de 80.000,00 euros, con una aportación de hasta el 100% del presupuesto presentado para cada proyecto o actividad. La financiación se distribuye de forma estimada entre dos anualidades de la aplicación presupuestaria 2201/32000/45110:

  • Presupuesto 2026: 60.000,00 euros.
  • Presupuesto 2027: 20.000,00 euros.

La subvención se considera importe cierto o fijo, conforme al artículo 32.2 del Reglamento de la LGS, y la diferencia de financiación corre por cuenta de la entidad beneficiaria. Si se presentan solicitudes varias universidades que cumplan los requisitos, el crédito se repartirá de forma proporcional al importe solicitado por cada una. Las ayudas son compatibles con otras subvenciones o recursos para la misma finalidad, siempre que no superen el coste de la actividad.

Cursos, jornadas y premios fuera de la capital

Podrán ser beneficiarias las entidades que tengan la consideración de universidad pública conforme al artículo 3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, con sede en la provincia de Sevilla, ámbito autonómico e implantación de todos los niveles oficiales (grado, máster y doctorado) reconocidos en el Espacio Europeo de Educación Superior. Las actuaciones se agrupan en dos líneas:

  • Línea 1ª: cursos, jornadas, seminarios y congresos, que deberán celebrarse en municipios de la provincia excluida la capital y ser preferentemente gratuitos; si se cobra matrícula o cuota, habrá que reservar al menos un 20% de plazas gratuitas a disposición de la Diputación.
  • Línea 2ª: premios vinculados a las competencias de la entidad, con exclusión de los que premien el expediente académico.

Los objetivos incluyen favorecer la orientación educativa y la empleabilidad, acercar la Universidad a la población, visibilizar problemas sociales y culturales, fomentar la formación en distintas disciplinas, premiar la labor educativa de las mujeres en la provincia y premiar la investigación educativa. Cada entidad puede presentar un número indeterminado de proyectos, sin que las actuaciones puedan financiarse por otra área de la Diputación.

Cinco días hábiles para solicitar y nueve meses de ejecución

El plazo de presentación de solicitudes es de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOP, es decir, a partir del 30 de octubre de 2026. Los anexos I, II y III (solicitud, memoria de actuación y presupuesto) se presentarán telemáticamente por el Sistema de Interconexión de Registros (SIR) o el registro electrónico de la sede de la Diputación, dirigidos al Servicio de Concertación Municipal, con firma electrónica reconocida.

El plazo de ejecución es de nueve meses desde el día siguiente a la publicación del extracto, y el de justificación, de tres meses tras el fin de la ejecución. Son subvencionables los gastos realizados desde el 1 de enero de 2026, incluidos personal, desplazamientos, material fungible (con el límite del 15% del total) y publicidad; quedan excluidos protocolo, gastos generales y costes indirectos.

La instrucción corresponde a los Servicios Generales del Área de Concertación y la evaluación a la Comisión Técnica de Valoración, integrada por la Directora General de Concertación, la Jefa de Servicios Generales y un TAG del área. El plazo máximo para resolver es de seis meses desde el fin del plazo de solicitudes, con silencio desestimatorio. El pago se fracciona en un 75% con la resolución definitiva y un 25% tras la justificación.

Impacto

La convocatoria fija en 80.000 euros el margen de la Diputación para financiar actividades de extensión universitaria en los municipios de la provincia, un volumen que obliga a un reparto proporcional si concurren varias universidades y que condiciona la programación de cursos y premios al calendario de nueve meses de ejecución. El requisito de celebrar las actividades fuera de la capital y de reservar plazas gratuitas orienta esos fondos hacia el territorio y hacia públicos sin capacidad de pago.


Fuente: BOP de Sevilla, n.º 210, 29 de octubre de 2026, Administración Local (Área de Concertación), págs. 7 y 40 (referencia oficial: BOP-SE-2026-210001 y BOP-SE-2026-210002).