BOP de Burgos · 01 Oct 2026 · 19 vistas
La Diputación abre el cobro voluntario de tributos hasta diciembre
Por FactBox Admin

La Diputación Provincial de Burgos ha abierto el periodo voluntario de cobro de una decena de tasas y aprovechamientos locales, que se extenderá del 1 de octubre al 5 de diciembre de 2026, ambos inclusive. El anuncio lo firma el presidente de la institución, Borja Suárez Pedrosa, en Burgos a 25 de septiembre de 2026, y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos núm. 187, correspondiente al jueves 1 de octubre de 2026, con referencia oficial BOPBUR-2026-04153.
El anuncio de cobranza lo emite el Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación y se dirige a los contribuyentes y demás interesados de los ayuntamientos que tienen delegada o encomendada en la institución provincial la gestión recaudatoria de estos tributos. La relación adjunta al anuncio detalla, municipio a municipio, el ejercicio objeto de cobro, que en la mayoría de los casos es 2026, aunque también figuran liquidaciones de 2025 y 2024 y fracciones semestrales y trimestrales.
Los tributos incluidos en la cobranza
La relación oficial comprende las siguientes figuras:
- Tasa por suministro de agua.
- Tasa por recogida de basuras.
- Tasa de vados.
- Tasa de mercadillo.
- Tasa por tránsito de ganado.
- Tasa de cementerio municipal.
- Tasa por tenencia de perros.
- Tasa por rodaje y arrastre.
- Tasa por ocupación de vía pública.
- Arrendamientos de fincas rústicas.
- Regantes.
Municipios y ejercicios afectados
La tasa por suministro de agua es la de mayor alcance territorial: la relación incluye alrededor de doscientos municipios y entidades locales, desde Agés y Aguilillo hasta Zael, con ejercicios que van de 2024 a 2026 y periodos parciales en varios casos. La tasa por recogida de basuras se cobra en quince municipios, entre ellos Briviesca, Condado de Treviño, Medina de Pomar, Revilla del Campo, Roa de Duero y Villarcayo.
Otras figuras tienen un ámbito más reducido:
- Tasa de vados: Briviesca y Trespaderme.
- Tasa de mercadillo: Villarcayo.
- Tasa por tránsito de ganado: diez municipios, entre ellos Frías, La Gallega, Santo Domingo de Silos y Villaverde del Monte.
- Tasa de cementerio municipal: Briviesca y Fuentecén.
- Tasa por tenencia de perros: nueve municipios, entre ellos Frías, Merindad de Montija, Saldaña de Burgos y Valle de Mena.
- Tasa por rodaje y arrastre: nueve municipios, entre ellos Baños de Valdearados, Fuentespina y Villangómez.
- Tasa por ocupación de vía pública: Briviesca, Frías y Santa Cecilia.
- Arrendamiento de fincas rústicas: Barrio de Muño, Iglesiarrubia y Villafruela.
- Comunidades de regantes: C. Regantes Canales del Arlanzón y C. Regantes Bentretea, ambas con regantes de 2026.
Formas de pago y domiciliación bancaria
El pago podrá realizarse a través de entidades colaboradoras, en cualquier oficina de BBVA, Ibercaja, Caja Viva y Banco Santander, para lo que se enviará al contribuyente notificación individual con la información necesaria. También se admite el ingreso por Internet mediante la Oficina Virtual del Contribuyente (https://registro.diputaciondeburgos.es/sta), que no exige DNI electrónico ni certificado digital personal y admite tarjetas Mastercard, Eurocard y Visa.
La Diputación recomienda el sistema de domiciliación en entidades financieras. Los cargos en cuenta de los recibos domiciliados se efectuarán el 5 de octubre de 2026, y las órdenes de domiciliación formalizadas a partir del inicio del periodo voluntario tendrán efectos en el ejercicio siguiente.
Exposición pública, recursos y aviso de apremio
Los padrones permanecerán durante un mes a disposición de los interesados en los respectivos ayuntamientos y en el Servicio de Recaudación de la Diputación, en el paseo del Espolón, 34, de Burgos. Contra la aprobación de cada padrón y de las liquidaciones incorporadas podrá interponerse recurso de reposición ante el alcalde correspondiente en el plazo de un mes desde el día siguiente al fin de la exposición pública; en el caso de las comunidades de regantes, el recurso se dirige al presidente de la comunidad.
El anuncio advierte, conforme al artículo 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, de que transcurrido el plazo de ingreso las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán recargos ejecutivos y de apremio, intereses de demora y las costas del procedimiento.
El calendario afecta a miles de contribuyentes de la provincia que dependen de la gestión recaudatoria provincial: quienes tengan recibos pendientes disponen de algo más de dos meses para pagar sin recargo, y la fecha del 5 de octubre marca el primer cargo automático para los domiciliados.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, núm. 187, de 1 de octubre de 2026, sección III. Administración Local, págs. 4-19 (referencia oficial: BOPBUR-2026-04153).