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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 08 Sep 2026 · 1 vistas

La Comunidad de Madrid resuelve las ayudas a estudiantes con discapacidad universitarios

Por FactBox Admin

La Comunidad de Madrid resuelve las ayudas a estudiantes con discapacidad universitarios

La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid ha resuelto la convocatoria de ayudas a estudiantes con discapacidad que cursan estudios universitarios o de enseñanzas artísticas superiores para el curso 2025-2026, con un gasto de 299.938 euros. La decisión se formaliza mediante la Orden 3264/2026, de 22 de agosto, firmada por la consejera Mercedes Zarzalejo Carbajo, y se publica en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) número 214, de 8 de septiembre de 2026, en la página 60.

La orden resuelve la convocatoria aprobada por la Orden 1119/2026, de 28 de marzo, y se dicta al amparo de las bases reguladoras establecidas en la Orden 1219/2015, de 24 de abril, de la entonces Consejería de Educación, Juventud y Deporte. El objetivo de estas ayudas es favorecer a quienes más lo necesitan y facilitar que los estudios se cursen en condiciones económicas de independencia, de modo que los beneficiarios pueden destinar libremente los fondos a costear su propio mantenimiento.

Beneficiarios y listados

La resolución concede las ayudas a los solicitantes que figuran en el Anexo I “Concedidos”, por el importe que se determina en cada caso. Quienes cumplían los requisitos pero no obtuvieron dotación por agotarse el crédito presupuestario figuran en el Anexo II “Suplentes”, mientras que el Anexo III “Denegados” recoge a los solicitantes excluidos por las causas que en cada caso se determinan.

  • Los listados están a disposición de los interesados en el Centro de Información y Asesoramiento Universitario (calle Alcalá, 30-32, planta baja).
  • También pueden consultarse en la página web institucional de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid).
  • El resto de solicitudes no incluidas en la orden se entenderán desistidas o excluidas, notificándose a los interesados por los medios oportunos.

Financiación y marco normativo

El crédito necesario para financiar las ayudas, por importe de 299.938 euros, se sufragará con cargo al programa 322C, subconcepto 45200 “Ayudas al estudio y mejora de la enseñanza en universidades públicas”, de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026.

La obtención de las ayudas conlleva para los beneficiarios la aceptación de las obligaciones que imponen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, pudiendo revisarse su cumplimiento mediante expediente instruido al efecto. En lo no previsto, se estará a lo dispuesto en ambas normas, especialmente en lo relativo al control de las ayudas y a los reintegros.

Recursos

Contra la orden, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Asimismo, cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución, firmada en Madrid el 22 de agosto de 2026, refuerza el compromiso de la Comunidad de Madrid con la integración de las personas con capacidades diversas y con el principio de igualdad, atenuando el impacto negativo que el coste de las enseñanzas universitarias tiene sobre los estudiantes desfavorecidos por sus circunstancias físicas, sensoriales o psíquicas. Para los miles de estudiantes madrileños con discapacidad, esta convocatoria supone un respaldo económico directo que facilita el acceso y la permanencia en la educación superior.


Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 214, 8 de septiembre de 2026, sección I.C (Otras Disposiciones), pág. 60 (referencia oficial: Orden 3264/2026, de 22 de agosto, expediente 03/13.904/26).

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-09-08