Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 18 Aug 2026 · 7 vistas
La Comunidad de Madrid publica el nuevo convenio de aparcamientos y autobuses
Por FactBox Admin

La Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ha registrado, depositado y ordenado la publicación del III Convenio Colectivo Único del sector de aparcamientos, garajes y estaciones terminales de autobuses de la Comunidad de Madrid, mediante resolución de 27 de julio de 2026. El texto, firmado el 11 de junio de 2026, aparece en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 196, de 18 de agosto de 2026, con código de registro 28102195012018.
El acuerdo, que afecta a miles de trabajadores del sector en toda la región, ha sido suscrito por las asociaciones empresariales ASESGA (Asociación Española de Aparcamientos y Garajes) y AMEGA (Asociación de Empresarios de Garajes, Aparcamientos, Estaciones de Engrase, Lavado, Mantenimiento y Autoestaciones de Madrid), y por los sindicatos UGT y CC OO. La resolución lleva la firma de la directora general de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.
Vigencia y subidas salariales
El convenio entra en vigor al día siguiente de su publicación y mantendrá su fuerza obligatoria hasta el 31 de diciembre de 2028, con efectos económicos retroactivos al 1 de enero de 2026. Los atrasos deberán abonarse como máximo en los dos meses siguientes a la publicación en el boletín.
Los incrementos salariales pactados sobre las tablas son los siguientes:
- Año 2026: 3,5%
- Año 2027: 3,0%
- Año 2028: 3,0%
El módulo de pago se fija en un valor mensual equivalente a treinta días, con independencia de los días que tenga el mes. En materia de antigüedad, se establecen complementos que van desde los 29,65 euros mensuales a los cinco años hasta los 137,25 euros a los veinticinco años.
Tablas salariales por actividad
El convenio contempla dos tablas de referencia. En la actividad de aparcamientos y garajes (Anexo 1), los salarios base mensuales en 2026 oscilan entre los 1.148,18 euros del personal de limpieza y los 1.443,06 euros de licenciados y graduados superiores, todos ellos prorrateados en quince pagas. En las estaciones terminales de autobuses (Anexo 2), los salarios base anuales de 2026 van de los 17.009,65 euros de los grupos profesionales III y IV hasta los 18.747,33 euros del grupo I.
Se fijan además diversos complementos:
- Plus de idiomas: 22 euros mensuales por el primer idioma exigido y 12,50 euros por cada idioma adicional.
- Plus de nocturnidad: 25% del salario base diario por jornada entre las 22:00 y las 6:00.
- Quebranto de moneda: 3,18 euros por día efectivamente trabajado.
- Plus de transporte: 1.122 euros anuales brutos en doce mensualidades.
- Hora extraordinaria: 11,66 euros, inalterable durante toda la vigencia.
Condiciones de trabajo y protección social
La jornada ordinaria máxima se fija en 1.800 horas anuales de trabajo efectivo, y las vacaciones se establecen en 30 días naturales más dos de libre disposición, garantizándose al menos quince días en verano. Las empresas deberán tener concertado un seguro de muerte e invalidez permanente absoluta por accidente de trabajo con un capital de 33.000 euros.
El texto regula también la movilidad funcional y geográfica, la polivalencia, el período de prueba (hasta seis meses para jefaturas y titulados) y las modalidades de contratación, incluidos los contratos fijos-discontinuos con llamamiento con antelación mínima de quince días. Se crea una Comisión Paritaria de ocho miembros, cuatro por cada parte, con sede en las oficinas de AMEGA, ASESGA, CC OO y UGT en Madrid.
Relevancia del acuerdo
La publicación de este convenio, el tercero de carácter único para el sector, aporta estabilidad y seguridad jurídica a un ámbito laboral clave para la movilidad urbana madrileña, que combina la gestión de aparcamientos y garajes con las estaciones terminales de autobuses. Con subidas salariales acumuladas del 9,5% hasta 2028 y cláusulas de revisión ligadas al IPC, el acuerdo blinda el poder adquisitivo de los trabajadores y moderniza las condiciones de un sector con fuerte presencia de contratas y concesiones administrativas.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 196, 18 de agosto de 2026, sección I.C (Otras Disposiciones), pág. 11 (referencia oficial: código 28102195012018).
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-08-18