BOP de Córdoba · 22 Oct 2026 · 7 vistas
La Carlota somete a alegaciones la tasa del mercadillo de segunda mano
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de La Carlota ha abierto el periodo de información pública de la modificación de la Ordenanza Fiscal núm. 37, que regula la tasa por ocupación del dominio público local con puestos del mercadillo de segunda mano, artesanía y antigüedades. El anuncio, firmado por el alcalde-presidente Antonio Granados Miranda, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 205, de 22 de octubre de 2026 (referencia oficial BOP-A-2026-3535), y concede treinta días hábiles para examinar el expediente y presentar alegaciones.
El acuerdo de aprobación provisional lo adoptó el Pleno de la corporación en sesión ordinaria celebrada el 28 de septiembre de 2026, dentro del expediente GEX núm. 9055/2026. La exposición al público se ampara en el artículo 49 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, norma que rige el procedimiento de aprobación de las ordenanzas fiscales locales.
La Carlota mantiene activa la gestión ordinaria de esta tasa: el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local de la Diputación de Córdoba publicó el pasado 4 de septiembre de 2026 el padrón de la Tasa por Mercadillo correspondiente al tercer trimestre del ejercicio, junto a la Tasa por Licencia de Taxis y la Tasa por Entrada de Vehículos. En paralelo, el Ayuntamiento ha tramitado este otoño otras normas locales, como la aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la Convivencia Ciudadana en los espacios públicos, acordada por el Pleno el 27 de julio de 2026, y la modificación de la Ordenanza número 20 del precio público por uso de piscinas e instalaciones deportivas, aprobada por la Junta de Gobierno Local el 5 de octubre de 2026 (expediente 10869/2026).
Aprobación provisional pendiente de resolución
El texto no ha superado aún el trámite definitivo. La corporación aprobó la modificación con carácter provisional y ahora la somete al escrutinio de los interesados, de modo que el contenido íntegro de la nueva redacción tarifaria solo puede consultarse en el expediente administrativo, sin que el anuncio publicado detalle las cuantías resultantes.
El procedimiento se ajusta al artículo 49 de la Ley 7/1985: aprobación inicial o provisional por el Pleno, información pública y resolución definitiva de las reclamaciones presentadas.
Treinta días hábiles y canales de consulta
El plazo de alegaciones se contará desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, lo que sitúa el cierre del trámite a comienzos de diciembre de 2026. Los interesados disponen de dos vías para consultar el expediente:
- Sede electrónica y Tablón de Edictos del Ayuntamiento de La Carlota: https://sede.eprinsa.es/carlota/tablon-de-edictos
- Portal de Transparencia municipal: https://transparencia.lacarlota.es/
Las alegaciones y reclamaciones deben presentarse dentro de ese plazo. Si no se registra ninguna, la aprobación provisional quedará elevada a definitiva de forma automática, sin más trámite, conforme al artículo 49 c) de la misma ley.
Efectos para los vendedores del mercadillo
La norma afecta directamente a los titulares de puestos de venta de segunda mano, artesanía y antigüedades que ocupan suelo público en el término municipal, es decir, a los vendedores ambulantes que abonan la tasa por cada puesto. La modificación de la ordenanza fija las condiciones de esa ocupación y, por tanto, el coste que asumen los feriantes para instalarse.
El anuncio está fechado el 16 de octubre de 2026 y firmado electrónicamente por el alcalde, Antonio Granados Miranda, con código seguro de verificación 1A6F 8003 18F4 64B2 8F6C.
La revisión de la tasa del mercadillo llega en un momento de actividad normativa intensa en el Ayuntamiento y abre a los vendedores la última oportunidad de influir en el texto antes de que quede aprobado definitivamente. Quienes no presenten alegaciones en plazo se atendrán a la redacción que salga del expediente GEX núm. 9055/2026, sin posibilidad de reabrir el debate tarifario hasta la próxima modificación de la ordenanza.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, núm. 205, de 22 de octubre de 2026, Administración Local, pág. 15292 (referencia oficial: BOP-A-2026-3535).