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BOP de Córdoba · 12 Aug 2026 · 9 vistas

La Carlota aprueba inicialmente su ordenanza de convivencia en espacios públicos

Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de La Carlota aprobó inicialmente, en sesión ordinaria celebrada el 27 de julio de 2026, la Ordenanza reguladora de la Convivencia Ciudadana en los espacios públicos del municipio. El anuncio del acuerdo, firmado por el alcalde-presidente, Antonio Granados Miranda, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 155, de 12 de agosto de 2026, página 12234, con la referencia BOP-A-2026-2725. La norma queda expuesta al público durante treinta días hábiles para que los interesados puedan presentar alegaciones y reclamaciones.

La tramitación se ajusta al artículo 49 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, que obliga a someter el expediente a información pública antes de la aprobación definitiva de cualquier ordenanza local. La nueva norma, de aplicación general en el término municipal, establecerá las reglas de convivencia y de uso de los espacios públicos, por lo que afectará directamente a todos los vecinos de la localidad cordobesa.

El acuerdo fue adoptado, entre otros asuntos, en la sesión plenaria ordinaria del 27 de julio de 2026, y el anuncio incorpora el código seguro de verificación 57C0 4A51 E593 8273 4B85, con el que puede comprobarse la autenticidad del texto. El aviso figura en la sección de Administración Local del boletín provincial.

Treinta días de exposición pública

El expediente quedará de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento de La Carlota durante un periodo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, es decir, desde el 13 de agosto de 2026. Dentro de ese plazo, los interesados podrán examinarlo y presentar las alegaciones y reclamaciones que estimen oportunas, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 b) de la Ley 7/1985.

Canales de consulta del expediente

El acuerdo plenario está a disposición de las personas interesadas a través de dos vías:

  • La Secretaría del Ayuntamiento de La Carlota, donde el expediente permanece de manifiesto.
  • El portal de transparencia municipal, en la dirección transparencia.lacarlota.es.

Además, el texto íntegro del acuerdo puede verificarse con el código seguro de verificación 57C0 4A51 E593 8273 4B85 en la sede electrónica del Ayuntamiento (lacarlota.es). El anuncio publicado en el boletín incorpora su propio código de verificación, FBBD 646B C671 579F 3C46, con firma electrónica fechada el 12 de agosto de 2026.

Hacia la aprobación definitiva

De no producirse reclamaciones durante el periodo de exposición pública, la aprobación provisional quedará elevada a definitiva sin más trámite, conforme al artículo 49 c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril. El anuncio fue suscrito por el alcalde, Antonio Granados Miranda, en La Carlota el 30 de julio de 2026, con firma electrónica.

La ordenanza de convivencia ciudadana regulará el día a día de los vecinos de La Carlota en los espacios públicos, desde parques y plazas hasta las calles del casco urbano. El periodo de alegaciones constituye, por tanto, la última oportunidad de la ciudadanía para influir en el contenido de la norma antes de que entre en vigor de forma definitiva.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 155, 12 de agosto de 2026, Administración Local, pág. 12234 (referencia oficial: BOP-A-2026-2725).