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La Gaceta — Diario Oficial · 24 Sep 2026 · 8 vistas

La ANA inscribe concesión de agua subterránea a favor de los aeropuertos

Por FactBox Admin

La ANA inscribe concesión de agua subterránea a favor de los aeropuertos

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) inscribió un título de concesión para el aprovechamiento de aguas subterráneas de un pozo a favor de la Empresa Administradora de Aeropuertos Nacionales e Internacionales (EAAI), con un volumen máximo anual de 331.773,00 metros cúbicos. La inscripción consta en la certificación publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 174 del jueves 24 de septiembre de 2026, sección Autoridad Nacional del Agua, pág. 9327, bajo el registro Reg. 2026-00903. El derecho fue otorgado mediante la Resolución Administrativa N.° RAE-ANA-DGRH-0147-2026, emitida el 24 de agosto de 2026 y notificada el 1 de septiembre del mismo año.

El Registro Público Nacional de Derechos de Agua y de Prestadores de Servicios (RPNDAPS) de la ANA certificó la inscripción bajo el Número Perpetuo 0099, folios 133 y 134, Tomo VII del Libro de Inscripción de Títulos de Concesiones, con el código RPNDAPS-LITC-ITC-0099-2026. La ANA fue creada por la Ley N.° 620, «Ley General de Aguas Nacionales», publicada en La Gaceta, Diario Oficial N.° 169 del 4 de septiembre de 2007, reformada por la Ley N.° 1046, publicada en La Gaceta N.° 217 del 23 de noviembre de 2020.

La certificación fue extendida por Luis Fernando Yescas García, Registrador Público Nacional de Derechos de Agua y de Prestadores de Servicios, cargo conferido mediante la Resolución Administrativa N.° 140-2019 del 20 de diciembre de 2019.

El punto de aprovechamiento y la cuenca

El Resuelve Segundo de la resolución delimita con precisión el sitio autorizado:

  • Punto designado: «Plantel CSCEC Internacional Construction Corporation Limited Sucursal Nicaragua».
  • Cuenca N.° 69, denominada «Río San Juan».
  • Ubicación: municipio de Managua, departamento de Managua.
  • Coordenadas UTM WGS84: 592270 E – 1342355 N.

Volumen autorizado, uso y vigencia

El título fija las condiciones técnicas y temporales del aprovechamiento:

  • Volumen máximo de aprovechamiento anual: 331.773,00 m³.
  • Uso autorizado: consumo humano anejado a actividad comercial y otros no especificados en el que el agua es un componente o factor relevante.
  • Vigencia del derecho: cinco (05) años a partir del momento de su notificación.

Solicitud, representación y publicación

La solicitud fue presentada el 1 de septiembre de 2026 por el Coronel en Retiro Walner Abraham Molina Pérez, en calidad de Subdirector General de la EAAI. La empresa fue creada por el Decreto N.° 1292, Ley de la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N.° 62 del 29 de marzo de 2017, y su representación fue acreditada mediante el Acuerdo Presidencial N.° 11-2025, publicado en La Gaceta N.° 12 del 22 de enero de 2025.

El Resuelve Sexto de la resolución ordena publicar la certificación en La Gaceta, Diario Oficial en un plazo máximo de quince (15) días calendario. La certificación fue firmada en Managua a las 3:20 p.m. del 1 de septiembre de 2026, en dos folios anversos de papel común.

La publicación en el Diario Oficial cierra el trámite administrativo y da certeza jurídica al derecho inscrito: cualquier tercero puede ahora verificar el volumen, el uso y la vigencia del aprovechamiento otorgado a la EAAI en la cuenca del Río San Juan. Para los lectores, el dato relevante es que el agua destinada al consumo humano en el complejo aeroportuario queda formalmente contabilizada y sujeta a los controles de la ANA por los próximos cinco años.


Fuente: La Gaceta, Diario Oficial No. 174, jueves 24 de septiembre de 2026, Autoridad Nacional del Agua (Resoluciones), pág. 9327 (referencia oficial: Reg. 2026-00903).