BOP de Badajoz · 06 Oct 2026 · 16 vistas
Lácara-Los Baldíos convoca ayudas de respiro familiar dotadas con 10.185,85 euros
Por FactBox Admin

La Mancomunidad Integral Lácara-Los Baldíos ha aprobado las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas económicas del Programa de respiro familiar para personas cuidadoras habituales no profesionales, dotadas con 10.185,85 euros. La resolución de la Presidencia del organismo, de fecha 2 de octubre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 191, de 6 de octubre de 2026, en la sección de Administración Local (anuncio 3913/2026). El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de diciembre de 2026.
La convocatoria se dicta al amparo del Acuerdo de 17 de marzo de 2026 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de colaboración económica municipal del servicio de respiro familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales en entidades locales de Extremadura 2026, publicado en el Diario Oficial de Extremadura el 30 de marzo de 2026 mediante resolución de la Consejera de 24 de marzo de 2026. Ese acuerdo asigna a la mancomunidad una dotación de 10.185,85 euros con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2026.
El marco jurídico se completa con el artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de Extremadura, que configura los programas de colaboración económica municipal como instrumento de financiación adicional en ámbitos competenciales compartidos como los servicios sociales, y con la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura. Con carácter supletorio se aplican la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Siete municipios y plazo hasta el 15 de diciembre
Las ayudas se dirigen a los vecinos de los municipios integrantes de la mancomunidad, con la excepción de Alburquerque:
- Carmonita
- Cordobilla de Lácara
- La Nava de Santiago
- La Roca de la Sierra
- Puebla de Obando
- Villar del Rey
- La Codosera
El plazo comienza el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y concluye el 15 de diciembre de 2026, si bien podrá cerrarse antes si se agota el crédito disponible, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriores. La convocatoria entra en vigor al día siguiente de su publicación.
Cuantías y servicios financiados
Serán financiables los servicios prestados entre el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2026, con estos límites:
- Acompañamiento y asistencia domiciliaria: máximo de 65 horas por persona atendida al año, al coste de una persona cuidadora según convenio colectivo.
- Acompañamiento circunstancial y actividades puntuales de ocio en horario diurno, nocturno, fines de semana y periodos vacacionales: duración máxima de 36 horas al año.
- Asistencia en establecimiento externo no sociosanitario: duración mínima de 2 días, cuantía máxima de 72,00 euros por día y coste máximo de 504,00 euros por persona.
- Estancias en establecimiento externo sociosanitario: máximo de 10 días al año por persona atendida, con 70,00 euros diarios para el servicio residencial o de alojamiento y 40,00 euros diarios para el servicio de día o nocturno.
El coste de los alimentos no está incluido en el servicio de respiro. El personal cuidador profesional deberá acreditar titulación de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia, Técnico Superior en Integración Social o los certificados de profesionalidad y habilitación excepcional equivalentes.
Requisitos y tramitación
Podrán ser beneficiarias las personas cuidadoras habituales no profesionales que atiendan de forma continuada a personas en situación de dependencia (grado I, II o III) con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, o a personas con discapacidad igual o superior al 75% aunque no exista dependencia reconocida, siempre que no tengan plaza pública en atención residencial ni prestación económica vinculada a ese servicio. Cuidador y persona atendida deben estar empadronados en alguno de los municipios de la mancomunidad, salvo Alburquerque.
Los Servicios Sociales de Atención Básica de cada localidad emiten el informe-propuesta. La concesión es directa mediante convocatoria abierta y se resuelve por orden de entrada en el registro, con resolución notificada individualmente por el Presidente en el plazo de dos meses. La justificación del gasto tiene como fecha límite el 31 de diciembre de 2026. Contra la resolución cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Presidente de la mancomunidad o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses. Las bases prevén la no publicación de las ayudas concedidas, por afectar a personas en situación de vulnerabilidad.
La convocatoria llega a los cuidadores no profesionales de siete municipios del oeste de la provincia de Badajoz, un colectivo que asume de forma continuada la atención de personas dependientes sin retribución ni relevo. La dotación de 10.185,85 euros permite financiar horas de acompañamiento domiciliario, actividades de ocio y estancias temporales en centros acreditados, con el objetivo declarado de facilitar el descanso de quien cuida y cubrir necesidades puntuales de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 191, de 6 de octubre de 2026, Administración Local – Mancomunidades, pág. 1 (referencia oficial: anuncio 3913/2026).