Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 27 Aug 2026 · 2 vistas
El AMB aprueba el nuevo reglamento de puntos de recarga eléctrica
Por FactBox Admin
El Área Metropolitana de Barcelona (AMB) ha aprobado definitivamente el nuevo Reglamento del servicio metropolitano de puntos de recarga para vehículos eléctricos, junto con el cambio de la forma de gestión del servicio. El acuerdo, adoptado por el Consejo Metropolitano en la sesión ordinaria del 26 de mayo de 2026, se publica íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) del 27 de agosto de 2026, con la referencia oficial CVE 202610134935 y el expediente 903266/26.
Un reglamento que renueva un servicio de diez años
El servicio metropolitano de puntos de recarga se estableció definitivamente el 22 de diciembre de 2015, y su reglamento se publicó en el BOPB del 4 de mayo de 2021. Entre 2015 y 2017 se instalaron las diez primeras estaciones de recarga, distribuidas en diez municipios metropolitanos, con un servicio inicialmente gratuito para los usuarios. Durante los años 2023 y 2024, la red se amplió con cuarenta y cinco nuevos puntos de recarga, la mejora de los equipos de las diez electrolineras iniciales y el aumento de la potencia suministrada.
El nuevo texto, que consta de veintisiete artículos distribuidos en seis títulos, además de una disposición adicional, una derogatoria y una final, se adapta al marco normativo estatal y europeo vigente, entre el cual destacan el Reglamento (UE) 2023/1804, el Real Decreto 184/2022 y la Ley 9/2025 de movilidad sostenible. El reglamento deroga el anterior, aprobado en 2015, una vez entre en vigor.
Cambio de gestión e interoperabilidad
El acuerdo aprueba también el cambio de la forma de gestión del servicio, que se hará efectivo una vez finalice la vigencia del contrato con el actual operador, IBERDROLA CLIENTES, SAU, y se cumplan los trámites para ejecutar el servicio en la nueva forma prevista. El texto incorpora las condiciones de acceso y de uso, que hasta ahora estaban en un documento separado, y apuesta por la interoperabilidad de la red con otros proveedores de movilidad eléctrica.
Los usuarios podrán acceder al servicio de diversas maneras:
- Sin registro previo, mediante los terminales de pago físicos o virtuales de la estación.
- Con registro previo, a través de la aplicación móvil AMB Electrolineres, la web, presencialmente o con tarjetas RFID.
- En todos los casos, es necesario facilitar un medio de pago válido (tarjeta de crédito o débito).
El servicio funciona 24 horas al día, los 7 días de la semana, y cada equipo tiene un tiempo máximo de uso para garantizar su disponibilidad. Cuando el gestor firme acuerdos de interoperabilidad con otras redes, los usuarios podrán utilizar estos puntos con la misma aplicación móvil.
Un régimen sancionador renovado
El reglamento establece un régimen sancionador con tres grados de infracciones. Se consideran leves, por ejemplo, exceder el tiempo máximo de recarga u ocupar una plaza sin iniciar la recarga; graves, la manipulación indebida de los equipos o la cesión de la tarjeta RFID; y muy graves, los actos vandálicos, el sabotaje o la manipulación del software de las estaciones.
Las sanciones económicas van desde los 100 hasta los 3.000 euros:
- Infracciones leves: multa de 100 a 750 euros.
- Infracciones graves: multa de 751 a 1.500 euros.
- Infracciones muy graves: multa de 1.501 a 3.000 euros, con posible baja definitiva del servicio.
Como medidas cautelares, se puede bloquear la cuenta del infractor, temporalmente o permanentemente, y retirar el vehículo de la vía pública con grúa en caso de ocupación indebida.
Impacto para la movilidad metropolitana
El acuerdo se ha trasladado a los 36 ayuntamientos metropolitanos y a IBERDROLA CLIENTES, SAU, para que tomen conocimiento. El nuevo reglamento, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOPB, refuerza la regulación de un servicio clave para la movilidad eléctrica de millones de usuarios del área metropolitana, en un contexto de crecimiento del parque de vehículos eléctricos y de expansión de las zonas de bajas emisiones.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, núm. 27 de agosto de 2026, sección administración local, pág. 1-22 (referencia oficial: CVE 202610134935, expediente 903266/26).