Boletín Oficial del País Vasco · 16 Oct 2026 · 13 vistas
Kontsumobide ha impuesto una multa de 1.000 euros a la empresa Ediciones Directas Hogar
Por FactBox Admin

Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo ha impuesto una multa de 1.000 euros a la empresa Ediciones Directas Hogar, S.L., resolviendo un expediente sancionador tramitado en materia de consumo. La resolución fue firmada por la directora Ana María Sánchez Herráez el 28 de septiembre en Vitoria-Gasteiz, y ha sido publicada en el BOPV n.º 198 del 16 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026/4346. Al no haber sido posible realizar la notificación personal a la empresa, se ha procedido a la notificación mediante anuncio.
Qué norma se ha infringido y qué conducta se ha sancionado
Según recoge la resolución, la norma infringida es el artículo 141.1 de la Ley 4/2023 de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias. Dicha disposición sanciona las conductas que obstaculicen la labor de las autoridades competentes en materia de inspección de consumo. Concretamente, engloba tres conductas:
- Negarse a facilitar las labores de inspección o dificultarlas.
- No facilitar los datos o la información solicitada por las autoridades competentes o sus agentes.
- Facilitar información falsa o incompleta, así como presentar documentación falsa.
En este caso, Kontsumobide imputa a la empresa la falta de colaboración en las labores de inspección y la facilitación de datos incorrectos.
Multa de 1.000 euros y plazos de pago
La resolución fija la cuantía exacta y las obligaciones:
- Importe de la multa: 1.000 euros.
- Número de expediente: SAN-20A001-41-2026.
- Número de identificación fiscal del interesado: B75160721.
- Multas notificadas entre el día 1 y 15 del mes: deberán abonarse hasta el día 5 del mes siguiente a la fecha de notificación.
- Multas notificadas entre el día 16 y finales del mes: deberán abonarse hasta el día 20 del mes siguiente a la fecha de notificación.
El pago deberá realizarse conforme a lo establecido en los apartados 1, 3 y 4 del artículo 44 del Decreto 212/1998, de 31 de agosto —por el que se aprueba el Reglamento de Tesorería de la Tesorería General del País Vasco—.
Cómo presentar un recurso y cómo pagar
La resolución no pone fin a la vía administrativa, y se han comunicado a la empresa diversas opciones y obligaciones:
- Se puede interponer un recurso de alzada dirigido al Consejero de Turismo, Comercio y Consumo.
- Plazo para presentar el recurso: un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación.
- Al realizar el pago, se debe mencionar el NIF B75160721 y el número de expediente SAN-20A001-41-2026, indicando que el pago corresponde a Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.
- Los documentos del expediente están disponibles en la carpeta de la sede electrónica del Gobierno Vasco.
Notificación y contexto institucional
Tras intentar sin éxito la notificación personal, el anuncio se ha publicado según lo ordenado por el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para que tenga validez como notificación al interesado. La publicación surtirá efecto a partir del día siguiente a su publicación.
Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo es un organismo autónomo del Gobierno Vasco y tiene competencia para inspeccionar, sancionar y proteger los derechos de los consumidores en el ámbito del consumo. Su dirección resuelve los expedientes sancionadores en materia de consumo, y dichas decisiones se publican en el BOPV cuando no sea posible realizar la notificación personal.
Conclusiones
Esta resolución deja claro que la falta de colaboración en las labores de inspección y la aportación de datos incorrectos tienen consecuencias económicas, incluso en trámites que puedan ser habituales en la actividad diaria de las empresas. El sistema de protección de los consumidores tiene como objetivo salvaguardar la capacidad de inspección de las autoridades, y las sanciones sirven para garantizar dicha herramienta. Las empresas y los profesionales deben tener en cuenta que proporcionar información exacta y completa no es una opción, sino una obligación.
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco, número 198, 16 de octubre de 2026, sección I, referencia oficial 2026/4346.