La Gaceta — Diario Oficial · 22 Oct 2026 · 9 vistas
Justicia y Paz delega en la viceministra Rodríguez la firma de actos
Por FactBox Admin

El ministro de Justicia y Paz, Gabriel Aguilar Vargas, delegó en la viceministra de Gestión Estratégica, Sandra Rodríguez Chaves, la firma de los acuerdos de nombramiento, los procedimientos de licitación reducida, las bajas y altas de bienes y los traslados de partidas presupuestarias de esa cartera. La decisión consta en el acuerdo RMJP-0966-10-2026, publicado en La Gaceta N° 200 del jueves 22 de octubre de 2026 (referencia IN202601134105), y estará vigente hasta el 7 de mayo de 2030 inclusive.
El acuerdo se emite con fundamento en los artículos 11 y 129 de la Constitución Política, el artículo 7 del Código Civil, los artículos 89 a 92 y 101 a 103 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227, el artículo 106 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley N° 8131, y la Ley General de Contratación Pública, Ley N° 9986. Aguilar Vargas fue nombrado ministro mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 001-P del 8 de mayo de 2026, publicado en el Alcance Digital N° 53 de La Gaceta N° 84 del 11 de mayo de 2026; Rodríguez Chaves fue nombrada viceministra por el Acuerdo N° 003-P del 8 de mayo de 2026, publicado en el Alcance Digital N° 54 de La Gaceta N° 85 del 12 de mayo de 2026.
El jerarca justificó la medida en el volumen de documentación cuya eficacia depende de su firma, lo que “podría provocar en gran medida atrasos innecesarios”. El acuerdo invoca el dictamen PGR-C-167-2022 del 11 de agosto de 2022 y la Opinión Jurídica OJ-050-97 del 29 de setiembre de 1997 de la Procuraduría General de la República, según los cuales la delegación de firma no transfiere competencias y el delegante sigue siendo el único responsable del acto.
Recursos humanos, bienes y presupuesto
El artículo 1 del acuerdo detalla los actos que en adelante suscribirá la viceministra de Gestión Estratégica:
- Acuerdos de nombramiento del personal de los programas presupuestarios 786 (Actividades Centrales), 787, 789, 790, 791 (Defensa del Estado y Asistencia Jurídica al Sector Público), 793 (Prevención, Detección y Combate de la Corrupción) y 794 (Registro Nacional).
- Concursos internos, nombramientos interinos y en propiedad, ascensos, resoluciones de relación de puestos, acumulación de vacaciones, traslados de funcionarios, acciones de personal, contratos laborales, dedicación exclusiva, contratos de capacitación y disponibilidad, nombramientos ad honorem, destacamentos, licencias y permisos con y sin goce de salario.
- Trámites de recursos humanos ante la Autoridad Presupuestaria y el Presupuesto Nacional, así como permisos para asambleas sindicales o solidaristas.
- Trámites, resoluciones y actos para dar de baja y de alta bienes, recibir donaciones, trasladar bienes patrimoniales entre instituciones y rendir el informe anual del inventario general.
- Solicitudes de traslado de partidas ordinarias y extraordinarias ante la Dirección General de Presupuesto Nacional y todo trámite presupuestario ante el Ministerio de Hacienda.
Contratación reducida, convenios y otras gestiones
En materia de contratación pública, la delegación cubre la decisión inicial de los procedimientos ordinarios de licitación reducida para los programas 788, 791, 793, 794, 795, 798 y 799, la firma de sus actos de trámite, las resoluciones del régimen sancionatorio derivado de esos procedimientos y las consultas y denuncias ante la Dirección de Contratación Pública del Ministerio de Hacienda, la Contraloría General de la República o la Comisión para Promover la Competencia.
El acuerdo también traslada la firma de acuerdos de viaje, convenios, adendas, cartas de entendimiento e instrumentos de cooperación no reembolsable; la aprobación de manuales de procedimientos; los trámites de seguros y reclamos ante el Instituto Nacional de Seguros; las gestiones ante la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria; los procedimientos administrativos sancionatorios, incluidos despidos e investigaciones preliminares; y los documentos de mero trámite del Consejo Sectorial de Seguridad Ciudadana y Justicia.
Lo reservado al ministro y la vigencia
Quedan expresamente excluidos de la delegación los procedimientos de licitación mayor, licitación menor, los procedimientos especiales de urgencia y los exceptuados de los ordinarios, así como la decisión inicial, los actos finales, adjudicaciones, declaratorias de desierto o infructuoso, revocaciones, readjudicaciones, insubsistencias, resoluciones de recursos, modificaciones al pliego, suspensiones y declaratorias de caducidad. En materia de contratación pública también se excluyen los programas 786, 787, 789 y 790 y la Proveeduría Institucional, que tendrán regulación separada.
El artículo 2 obliga a hacer constar en cada documento que se trata únicamente de una delegación de firma y no de una transferencia de competencias. El artículo 3 deja sin efecto el acuerdo AMJP-143-05-2026 y la resolución RMJP0588-05-2026, ambos publicados en el Alcance N° 64 de La Gaceta N° 97 del 28 de mayo de 2026, y el artículo 4 fija la vigencia desde su publicación y hasta el 7 de mayo de 2030 inclusive.
El cambio redefine quién firma los actos cotidianos de recursos humanos y compras de una cartera que abarca el sistema penitenciario, el Registro Nacional, la Procuraduría General de la República y el Sistema Nacional de Promoción de la Paz Social. Con la delegación, los nombramientos y las licitaciones reducidas del ministerio dejan de depender de la agenda del ministro y pasan a la firma de la viceministra de Gestión Estratégica por los próximos tres años y medio, aunque la responsabilidad jurídica de cada acto sigue recayendo en Aguilar Vargas.
Fuente: La Gaceta, N° 200 del jueves 22 de octubre de 2026, Acuerdos del Poder Ejecutivo, págs. 4-7 (referencia oficial: RMJP-0966-10-2026, IN202601134105).