Diario Oficial El Peruano · 27 Oct 2026 · 1 vistas
JNE instala el 23 de noviembre jurado electoral exclusivo para Cañete
Por FactBox Admin

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) fijó el 23 de noviembre de 2026 como fecha de instalación del Jurado Electoral Especial de Cañete, órgano que impartirá justicia electoral en primera instancia en las cinco consultas populares con fines de demarcación territorial convocadas para el 25 de julio de 2027. La decisión consta en la Resolución Nº 4369-2026-JNE, del 21 de octubre de 2026, publicada en el diario oficial El Peruano del martes 27 de octubre de 2026 (Nº 19600), en la sección de Normas Legales.
Sede, competencia y alcance territorial
El nuevo órgano colegiado tendrá sede en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima. Su competencia será exclusiva para los procesos de consulta popular y sustituirá, para ese solo efecto, al Jurado Electoral Especial de Cañete ya instalado para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026, que continuará en funciones hasta que se instale el nuevo órgano.
Las consultas que resolverá fueron convocadas mediante cinco resoluciones del 28 de abril de 2026, publicadas el 30 de abril de ese año en El Peruano:
- Resolución Nº 0895-2026-JNE
- Resolución Nº 0896-2026-JNE
- Resolución Nº 0897-2026-JNE
- Resolución Nº 0898-2026-JNE
- Resolución Nº 0899-2026-JNE
La jornada electoral quedó fijada para el 25 de julio de 2027, conforme al Acuerdo del Pleno del 24 de julio de 2026.
Antecedente: el diseño previsto en mayo
La Resolución Nº 1183-2026-JNE, del 22 de mayo de 2026, estableció que un Jurado Electoral Especial se encargaría de la primera instancia de las cinco consultas y determinó que ese órgano debía ser el de Cañete, con sede en la misma ciudad, pero con competencia exclusiva para los procesos de demarcación. En esa línea se dispusieron las acciones para conformar el nuevo órgano colegiado.
Según el considerando de la resolución publicada hoy, al encontrarse en proceso esa conformación, correspondía fijar la fecha de instalación y comunicarla a la Corte Superior de Justicia de Cañete y a la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, a fin de que brinden las facilidades a los magistrados designados como presidente y segundo miembro.
Los jurados electorales especiales son órganos temporales integrados por un juez superior, que los preside y es designado por la corte superior del distrito judicial respectivo; un fiscal superior designado por el Ministerio Público; y un tercer miembro elegido por el JNE mediante sorteo público entre una lista de veinticinco ciudadanos residentes en la sede del jurado, de acuerdo con la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones.
Comunicaciones y publicación
El artículo 2 de la resolución dispone poner en conocimiento la medida a las siguientes entidades:
- Poder Judicial y Ministerio Público
- Presidencia del Consejo de Ministros
- Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)
- Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)
- Corte Superior de Justicia de Cañete y Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete
- Contraloría General de la República y Defensoría del Pueblo
- Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa
- Gobiernos Regionales de Huánuco, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac y Callao
- Municipalidades Provinciales de Dos de Mayo, Lauricocha, Pachitea, Leoncio Prado, Tayacaja y Callao
- Municipalidades Distritales de Rondos, Chaglla, Daniel Alomía Robles, Lima y Chinchihuasi
El artículo 3 ordena publicar la resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del JNE. El documento lleva las firmas de Burneo Bermejo, Maisch Molina, Gonzales Barrón, Torres Cortez y Oyarce Yuzzelli, con la secretaría general a cargo de Clavijo Chipoco.
El calendario electoral queda así encaminado: la instalación del jurado el 23 de noviembre de 2026 abre la etapa de organización de un proceso que se definirá en las urnas el 25 de julio de 2027, con la primera instancia jurisdiccional ya asignada a un órgano con sede en Lima provincias y competencia acotada exclusivamente a las consultas de demarcación territorial.
Fuente: El Peruano, Nº 19600, 27 de octubre de 2026, sección Normas Legales, pág. 23 (referencia oficial: Resolución Nº 4369-2026-JNE).