Diario Oficial El Peruano · 09 Sep 2026 · 1 vistas
JNE acredita a Transparencia como observadora en las elecciones de 2026
Por FactBox Admin

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) acreditó a la Asociación Civil Transparencia como institución facultada para presentar observadores electorales en el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026), convocadas para el domingo 4 de octubre. La decisión fue adoptada por el Pleno del JNE mediante la Resolución N° 3081-2026-JNE, publicada en la sección Normas Legales del diario oficial El Peruano del miércoles 9 de setiembre de 2026, página 98.
La acreditación se tramitó en el Expediente N° ERM.2026036024, a partir de la solicitud presentada el 4 de agosto de 2026 por Omar Awapara Franco, en su condición de secretario general y representante de la asociación. Con esta resolución, Transparencia podrá desplegar observadores en las mesas de sufragio, Jurados Electorales Especiales y ante el propio JNE durante todo el proceso electoral.
Marco normativo de la observación electoral
La observación electoral se sustenta en los artículos 336 a 340 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, que permiten acreditar como observadores a ciudadanos aptos que no sean candidatos, militantes, personeros de agrupaciones políticas ni miembros de órganos electorales. El procedimiento de acreditación de organizaciones nacionales está regulado por el Reglamento de Observación Electoral, aprobado mediante la Resolución N° 0109-2025-JNE.
Las ERM 2026 fueron convocadas por el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM, publicado el 7 de enero de 2026, para elegir gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de toda la República.
Requisitos y alcance de la acreditación
Para obtener la acreditación, la asociación presentó la documentación exigida por el artículo 18 del reglamento, entre la que se incluye:
- Copia literal de la partida electrónica expedida por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), en la que consta la observación electoral entre sus fines.
- Plan de observación electoral debidamente fundamentado y detallado.
- Plan de financiamiento, con los montos y la entidad de origen de los fondos.
- Copia del documento de identidad del representante legal y comprobante de pago de la tasa respectiva.
El JNE verificó que Transparencia cumple los requisitos y que sus fines son de naturaleza cultural y educativa, orientados a fortalecer los valores democráticos mediante campañas de educación cívica y a colaborar para que los procesos electorales sean reconocidos como libres, honestos y transparentes.
Obligaciones y coordinación institucional
La resolución precisa que la asociación deberá ingresar al Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes (SIJE) los datos de sus observadores electorales, para lo cual el JNE entregará a su representante el código de usuario y la clave de acceso. Asimismo, la decisión se pondrá en conocimiento de los Jurados Electorales Especiales, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
La acreditación tiene vigencia desde su emisión hasta la culminación del proceso electoral, y su participación se sujetará a las atribuciones y prohibiciones establecidas en la Ley Orgánica de Elecciones y en el Reglamento de Observación Electoral. El Pleno del JNE estuvo integrado por los magistrados Burneo Bermejo, Maisch Molina, Gonzáles Barrón, Torres Cortez y Oyarce Yuzzelli, con la secretaria general Clavijo Chipoco.
La incorporación de Transparencia como observadora refuerza los mecanismos de control ciudadano sobre un proceso en el que se elegirán autoridades en las veintiséis circunscripciones del país. Su presencia contribuye a la transparencia y a la confianza pública en la integridad de los comicios del 4 de octubre.
Fuente: Diario Oficial El Peruano, miércoles 9 de setiembre de 2026, sección Normas Legales, pág. 98 (referencia oficial: Resolución N° 3081-2026-JNE).