BOP de Cádiz · 21 Oct 2026 · 1 vistas
Jerez somete a alegaciones la modificación de su ordenanza general de recaudación
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Jerez de la Frontera ha abierto el trámite de información pública de la modificación de la Ordenanza Fiscal (0.00) General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos y Otros Ingresos de Derecho Público Municipales. El acuerdo de aprobación inicial lo adoptó el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el 25 de septiembre de 2026, y el anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP) núm. 203, de 21 de octubre de 2026, con el número de anuncio 333.180. Los contribuyentes y demás interesados disponen de 30 días hábiles para examinar el expediente y presentar reclamaciones o sugerencias.
La exposición al público se ajusta al artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, norma que regula la tramitación de las modificaciones de ordenanzas fiscales y su aprobación definitiva. Se trata de la norma municipal que ordena la gestión, la recaudación y la inspección de los tributos y del resto de ingresos de derecho público del Consistorio, por lo que su revisión afecta al funcionamiento ordinario de la Hacienda municipal en su relación con los obligados tributarios.
Aprobación inicial y contenido del expediente
El expediente figura en el orden del día plenario bajo la denominación de aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal (0.00), la norma general de gestión recaudatoria del municipio. El acuerdo plenario del 25 de septiembre de 2026 es el acto que activa el trámite de información pública y el que, en su caso, elevará la modificación a definitiva.
El anuncio aparece firmado en Jerez de la Frontera el 30 de septiembre de 2026 por la Oficial Mayor en funciones de Secretaria General del Pleno, Cecilia García González; la Alcaldesa de Jerez, María José García-Pelayo Jurado; y el Tesorero accidental (Ayto, FMFyE y ELAs), Basilio Miguez Vargas.
Treinta días hábiles y dónde consultar el expediente
El plazo de alegaciones se cuenta desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOP y se desarrolla en las siguientes condiciones:
- Duración: 30 días hábiles desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
- Lugar de consulta: las dependencias del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, donde el expediente queda a disposición de los interesados.
- Publicidad complementaria: el expediente también se expone en el tablón de anuncios y en el portal de transparencia municipal.
- Objeto del trámite: presentar las reclamaciones y sugerencias que los interesados estimen oportunas frente al texto aprobado inicialmente.
Qué ocurre al terminar el plazo
Si finalizado el periodo de exposición pública no se hubiera formulado reclamación ni sugerencia alguna, el acuerdo provisional se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario. En ese caso, la modificación se publicará en el BOP y entrará en vigor a partir de esa publicación.
Si, por el contrario, se presentan reclamaciones o sugerencias, corresponderá al Pleno resolverlas y pronunciarse asimismo sobre la aprobación definitiva de la modificación, de modo que el texto no quedará cerrado hasta ese pronunciamiento.
La revisión de la ordenanza general de recaudación es relevante para cualquier persona o entidad con obligaciones tributarias o de otro tipo frente al Ayuntamiento, porque fija las reglas de gestión, cobro e inspección de los ingresos municipales. El trámite abre ahora la única ventana prevista para que los afectados influyan en el texto antes de su entrada en vigor.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, núm. 203, de 21 de octubre de 2026, sección I (Administración Local), pág. 2 (referencia oficial: anuncio núm. 333.180).