Diário da República · 15 Oct 2026 · 10 vistas
IRS baja en noviembre en las Azores con la retención reducida a la mitad
Por FactBox Admin

El Ministro de Estado y de Finanzas, Joaquim Miranda Sarmento, ha determinado que, en noviembre de 2026, los residentes en la Región Autónoma de las Azores soporten solo la mitad de la retención en la fuente del IRPF sobre los rendimientos del trabajo dependiente y de las pensiones. La medida consta en la Orden n.º 12610-A/2026, firmada el 14 de octubre y publicada en el Diário da República del 15 de octubre de 2026 (2.ª serie, Suplemento, n.º 200, Parte C — Finanzas). El objetivo es hacer llegar a las familias azorianas, aún este año, el efecto de la reducción de los tipos del IRPF aprobada para los rendimientos de 2026.
Retención reducida a la mitad durante un mes
La orden aplica a los rendimientos pagados o puestos a disposición entre el 1 y el 30 de noviembre de 2026 las tablas de retención en la fuente aprobadas por la Orden n.º 1179/2026, de 3 de febrero, con una adaptación: el monto a retirar corresponde a solo el 50 % del valor determinado por dichas tablas. La regla es válida para los titulares residentes en la Región Autónoma de las Azores y abarca igualmente los pagos que incluyan más de una remuneración, como el subsidio de Navidad.
Quedan excluidos los titulares cuyo rendimiento mensual exceda el límite superior del penúltimo tramo de las tablas aplicables. En esos casos, la retención se mantiene inalterada, tal como fue determinada por la Orden n.º 1179/2026.
Marco legal y efectos
La medida se adopta al amparo del n.º 1 del artículo 99.º-F del Código del IRPF, aprobado por el Decreto-Ley n.º 442-A/88, de 30 de noviembre, y de los artículos 99.º-C y 99.º-D del mismo diploma, tras haber escuchado al Gobierno de la Región Autónoma de las Azores. Se aplica además el artículo 4.º del Decreto Legislativo Regional n.º 2/99/A, de 20 de enero, en la redacción dada por el Decreto Legislativo Regional n.º 15-A/2021/A, de 31 de mayo.
El ajuste responde a la Proposición de Ley n.º 108/XVII/2, aprobada por la Asamblea de la República, que autorizó al Gobierno a reducir los tipos generales del IRPF aplicables a los primeros seis tramos de renta imponible, con efectos sobre los rendimientos obtenidos durante 2026. Como esa reducción produce efectos desde el 1 de enero de 2026, el XXV Gobierno Constitucional optó por reflejarla de inmediato en la renta disponible, incorporando también el efecto de las retenciones ya efectuadas desde el inicio del año.
Desde el segundo semestre de 2023, la retención en la fuente sobre el trabajo dependiente y las pensiones se basa en un modelo de tipos marginales progresivos, que aproxima el impuesto retenido al impuesto debido en la liquidación anual y evita situaciones de regresividad.
Calendario y correcciones
- Entrada en vigor: al día siguiente de su publicación.
- Producción de efectos: a partir del 1 de noviembre de 2026.
- Período de aplicación: rendimientos pagados o puestos a disposición entre el 1 y el 30 de noviembre de 2026.
- Rectificaciones: si las retenciones de noviembre no siguen los ajustes, la entidad obligada a realizar la retención puede corregirlas en los meses siguientes, hasta finales de diciembre de 2026.
- A partir del 1 de diciembre de 2026: vuelven a aplicarse, sin adaptaciones, las tablas de la Orden n.º 1179/2026, de 3 de febrero.
Impacto para los contribuyentes azorianos
La medida aumenta el rendimiento neto de las familias de la región ya el próximo mes, al reducir temporalmente a la mitad el impuesto retenido sobre salarios y pensiones. Se trata de un alivio de un único mes, que anticipa el efecto anual de la bajada del IRS y devuelve a los contribuyentes azorianos parte del impuesto retenido a lo largo de 2026.
Fuente: Diário da República, 2.ª série, Suplemento, n.º 200, de 15 de octubre de 2026, Parte C — Finanças, pág. 1 (referencia oficial: Despacho n.º 12610-A/2026).