BOP de Lleida · 18 Sep 2026 · 13 vistas
Interior instruirá los expedientes disciplinarios de la policía local de Vielha
Por FactBox Admin

El Departamento del Interior y Seguridad Pública de la Generalitat de Catalunya instruirá los expedientes disciplinarios y las informaciones reservadas de la Policía Local de Vielha e Mijaran. El encargo de gestión se ha formalizado mediante un convenio de colaboración firmado electrónicamente el 14 de septiembre de 2026 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida núm. 179, de 18 de septiembre de 2026 (CVE BOP-2026_0_179_7708, págs. 1-3).
El Ayuntamiento de Vielha e Mijaran aprobó el encargo por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 8 de abril de 2026, y el 25 de marzo de 2026 el mismo órgano había facultado al alcalde para firmar el convenio. La publicación se realiza a los efectos del artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en concordancia con el artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
El convenio responde al artículo 17.5 del Decreto 179/2015, de 4 de agosto, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento de régimen disciplinario aplicable a los cuerpos de policía local de Cataluña, que faculta al alcalde a solicitar la colaboración del departamento competente en materia de ordenación y coordinación de las policías locales. El Ayuntamiento ha solicitado el nombramiento de un instructor para tramitar un expediente derivado de la conducta y actuación de un miembro del cuerpo que podría ser objeto de reproche disciplinario.
Quién firma y qué se encarga
- Tomás Carrión i Bernal, secretario general del Departamento del Interior y Seguridad Pública, en virtud de la Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, de delegación de competencias del consejero del Interior.
- Juan Antonio Serrano Iglesias, alcalde de Vielha e Mijaran, facultado por el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 25 de marzo de 2026.
El objeto es establecer el marco de colaboración entre el Departamento, a través de la Subdirección General de Soporte al Sistema de Seguridad en el Ámbito Local de la Dirección General de Coordinación de las Policías Locales, y el Ayuntamiento para la tramitación del expediente de información reservada o disciplinario que corresponda. El Departamento se compromete a proponer un funcionario de un cuerpo o categoría igual o superior para la instrucción y, si procede, un secretario.
Obligaciones del Ayuntamiento y vigencia
El Ayuntamiento debe garantizar el ejercicio de las funciones del instructor y, en todo caso:
- Proporcionar los medios materiales y técnicos necesarios para la instrucción correcta.
- Abonar los gastos del instructor o secretario derivados de la tramitación (dieta de manutención y kilometraje).
- Designar un secretario de entre el personal funcionario municipal cuando la complejidad del procedimiento lo requiera.
- Garantizar la confidencialidad y los derechos de la persona expedientada y de los testigos.
El convenio está vigente desde la firma hasta la finalización de las actuaciones, con un máximo de cuatro años prorrogable hasta cuatro años adicionales por acuerdo unánime de las partes. Son causas de extinción el cumplimiento del objeto, el fin del término sin prórroga, el mutuo acuerdo, el incumplimiento de las obligaciones y las causas generales de la legislación vigente.
Comisión de seguimiento y régimen económico
Se crea una comisión de seguimiento, vigilancia y control integrada por:
- El secretario o secretaria del Ayuntamiento, o persona en quien delegue.
- Un técnico o técnica de Recursos Humanos del Ayuntamiento.
- Dos técnicos designados por la Subdirección General de Soporte al Sistema de Seguridad en el Ámbito Local.
La comisión se reunirá a petición de una de las partes y uno de los técnicos del Departamento extenderá acta de las reuniones. La firma no conlleva ningún gasto ni compromiso económico para ninguna de las partes, salvo los derivados de las obligaciones municipales. El convenio tiene carácter administrativo y las controversias se someten a la jurisdicción contenciosa administrativa.
La publicación del encargo da transparencia a un procedimiento habitualmente reservado: la instrucción externa de expedientes disciplinarios a policías locales por parte de la Generalitat, un mecanismo pensado para garantizar la imparcialidad cuando el consistorio no puede asumir la instrucción con medios propios.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Lleida, núm. 179, 18 de setembre de 2026, Administració Local - Ajuntaments, pàg. 1-3 (referència oficial: BOP-2026_0_179_7708).