Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 06 Nov 2026 · 7 vistas
Industria desestima la fotovoltaica Gandia Hive por el rechazo municipal al paisaje
Por FactBox Admin

El Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia ha desestimado la solicitud de Sun Hive 76, SL de autorización administrativa previa y de construcción de la central fotovoltaica Gandia Hive, de 1.000 kW, y de su infraestructura de evacuación en Palma de Gandía y El Real de Gandia. La resolución, firmada el 30 de septiembre de 2026 por el jefe del servicio, Roberto Javier Anchel Añó, se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 10488, de 6 de noviembre de 2026, en la sección III de actos administrativos (referencia DOGV-C-2026-32519, expediente ATALFE/2023/13/46). El motivo determinante es el informe municipal de paisaje desfavorable, de carácter preceptivo y vinculante.
Un veto municipal que bloquea la tramitación
La instrucción del procedimiento corresponde a la Generalitat Valenciana al radicar íntegramente la instalación en la Comunitat Valenciana, por el procedimiento integrado de autorización de centrales fotovoltaicas sobre suelo no urbanizable del Decreto-ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell. El artículo 25 de esa norma exige un informe favorable en materia de ordenación del territorio y paisaje para poder otorgar las autorizaciones, con un plazo de emisión de tres meses.
El Servicio de Paisaje autonómico determinó el 30 de abril de 2026 que el proyecto incurría en uno de los supuestos del artículo 25.3 del decreto-ley, por lo que la competencia para informar pasó al Ayuntamiento de Palma de Gandía. El consistorio aprobó su informe el 30 de junio de 2026 y lo resolvió desfavorablemente mediante resolución de 8 de julio de 2026, al considerar la actuación incompatible “desde el punto de vista territorial, urbanístico y paisajístico”.
Alegaciones del promotor y ratificación municipal
La empresa presentó alegaciones el 30 de julio de 2026, en las que cuestionaba la metodología del informe municipal y la propia competencia del ayuntamiento para emitirlo, y defendía la compatibilidad territorial y paisajística de la planta. La Resolución de Alcaldía de 31 de agosto de 2026 desestimó íntegramente esas alegaciones, ratificó el informe desfavorable y pidió expresamente al servicio territorial que resolviera conforme al carácter vinculante del pronunciamiento municipal.
Los hitos principales del expediente, iniciado con solicitud de 24 de febrero de 2023 (GVRTE/2023/904897), son:
- 1 de junio de 2023: admisión a trámite de la solicitud, por 0,90 MW de potencia instalada y capacidad de acceso concedida.
- 5 de enero de 2026: anuncio en el DOGV número 10274, y 8 de enero de 2026 en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 4, con exposición pública de 15 días.
- 22 de abril de 2026: informe del Servicio de Gestión de Riesgos en el Territorio, que considera compatible la implantación, con medidas correctoras por la presencia de suelos del Área Estratégica 1 para recarga de acuíferos.
- 8 de mayo de 2026: informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar, sin afección al dominio público hidráulico pero con condicionantes por el cruce subterráneo del barranco del Portell.
- 29 de julio de 2026: informe favorable condicionado de la Dirección General de Medio Natural y Animal, aceptado por el promotor el 18 de agosto.
- 17 de septiembre de 2026: informe del Servicio de Planificación Territorial, que aprecia compatibilidad con la ordenación del territorio.
Características de la instalación rechazada
El proyecto preveía 1.904 módulos de 555 Wp —1.056 kWp en total— sobre estructura fija orientada al sur con 20 grados de inclinación, con un inversor de 1.000 kW limitado a 900 kW. Los generadores se situaban en el polígono 6, parcelas 19 y 20, y el polígono 14, parcela 11, de Palma de Gandía, mientras la evacuación discurría por el polígono 6 (parcelas 20, 9018, 9020 y 9021) y el polígono 1 (parcelas 9003 y 9017) de El Real de Gandia.
La infraestructura incluía un centro de transformación de 1.000 kVA y una línea subterránea de 20 kV de 2.267,44 metros hasta un centro de seccionamiento independiente conectado a la línea L11 “Papeleras Villalonga” de la subestación de Gandia. La red de distribución corresponde a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. En la información pública se presentaron alegaciones de particulares y asociaciones vecinales por incompatibilidad territorial, urbanística, paisajística y ambiental, y por la posible acumulación de impactos con la instalación Ador Hive (ATALFE/2022/64/46).
Impacto para el sector y el municipio
La resolución no pone fin a la vía administrativa: cabe recurso de alzada ante la Dirección General de Energía y Minas en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación. El fallo consolida el peso del informe municipal de paisaje como filtro decisivo en los proyectos fotovoltaicos en suelo no urbanizable, por encima de los pronunciamientos favorables de los servicios autonómicos sectoriales, y deja en suspenso una inversión de un megavatio en la comarca de La Safor.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10488, de 6 de noviembre de 2026, sección III, pág. 1-5 (referencia oficial: DOGV-C-2026-32519).