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Boletín Oficial de Cantabria · 29 Sep 2026 · 20 vistas

Industria convoca las actas previas de expropiación para la línea Las Llamas

Por FactBox Admin

Industria convoca las actas previas de expropiación para la línea Las Llamas

La Dirección General de Industria, Energía y Minas del Gobierno de Cantabria ha convocado el levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por la modificación del conductor L.A.T. 12/20 kV entre la SE Las Llamas y el C.T. Parque Gándara. La comparecencia tendrá lugar en el Ayuntamiento de Santander el 20 de octubre de 2026 a las 11:00 horas. La resolución se publica en el Boletín Oficial de Cantabria núm. 187, de 29 de septiembre de 2026, con referencia CVE-2026-7396.

El origen: utilidad pública declarada en mayo

La convocatoria deriva de la Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de 15 de mayo de 2026, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria núm. 100 de 27 de mayo de 2026 y en el Boletín Oficial del Estado núm. 125 de 22 de mayo de 2026. Aquella resolución otorgó la autorización administrativa previa, la autorización de construcción y declaró, en concreto, la utilidad pública de las instalaciones del proyecto “Modificación de Conductor L.A.T 12/20 kV Las_Llamas_Ne_Cuadro, entre la SE Las_Llamas_N y el C.T. Parque Gándara (6426)”, tramitado con el número de expediente AT-109-2025.

El expediente se rige por los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y por el capítulo V del título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula las autorizaciones de instalaciones de energía eléctrica. La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implica la urgente ocupación conforme al artículo 52 de la Ley de 26 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa, y su Reglamento, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.

Una finca afectada en el término de Santander

La relación de propietarios, bienes y derechos afectados incluye una única parcela, situada en el término municipal de Santander:

  • Referencia catastral: 5936001VP3153F.
  • Superficie de vuelo afectada: 22,11 m².
  • Titulares: Comunidad de Propietarios C/ Honduras nº 1, Comunidad de Propietarios C/ Honduras nº 3 y Comunidad de Propietarios C/ Honduras nº 5.
  • Representación: Administración Cantabria 2002, S.L., en representación de la CP. Garajes C/ Honduras 1-5.

No constan en el anuncio apoyos, canalizaciones ni arquetas con afección, por lo que el impacto se limita a la servidumbre de vuelo sobre la parcela reseñada.

Trámites exigidos a los interesados

Los titulares de los bienes y derechos afectados, así como quienes ostenten cualquier clase de derecho o interés sobre ellos, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada. Deberán aportar:

  • Escritura de propiedad y/o nota simple registral actualizada.
  • El último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles.
  • Opcionalmente, y a su costa, podrán acompañarse de perito y notario.

El levantamiento de actas se comunicará a los interesados mediante la oportuna cédula de citación. La resolución se publica además a los efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para los casos de titular desconocido o con domicilio ignorado.

Beneficiaria y alcance del procedimiento

En el expediente expropiatorio, Viesgo Distribución Eléctrica, S.L. asumirá la condición de beneficiaria. El procedimiento comprende el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva. La resolución está firmada en Santander el 17 de septiembre de 2026 por el director general de Industria, Energía y Minas, José Luis Ceballos Pereda.

La convocatoria abre la fase expropiatoria de una actuación de refuerzo de la red de distribución eléctrica en el entorno de Las Llamas, en Santander. Para los propietarios citados, el anuncio fija una fecha única de comparecencia y la documentación acreditativa exigida, de modo que la incomparecencia no suspende el procedimiento de urgente ocupación.


Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 187, de 29 de septiembre de 2026, Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, pág. 48188 (referencia oficial: CVE-2026-7396).