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Butlletí Oficial de les Illes Balears · 29 Oct 2026 · 14 vistas

Industria propone 532.500 euros para 34 pymes afectadas por la guerra

Por FactBox Admin

Indústria proposa 532.500 euros per a 34 pimes afectades per la guerra

La Dirección General de Industria y Polígonos Industriales propone conceder 532.500 euros a 34 autónomos y pymes del sector industrial de las Islas Baleares para compensar el peso de los combustibles y el incremento del precio de las materias primas derivado de la guerra en Oriente Medio. La propuesta de resolución provisional, firmada el 23 de octubre de 2026 por el director general Alfons Gómez Rosselló, se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 138 del 29 de octubre de 2026 (documento 10810, pág. 59704). El texto prevé el pago íntegro por transferencia, una vez autorizada la despesa y reconocida la obligación.

Las ayudas derivan de la convocatoria aprobada por la Resolución del conseller de Empresa, Autónomos y Energía de 28 de mayo de 2026, publicada en el BOIB núm. 68 del 30 de mayo de 2026, y se financian con cargo a la partida presupuestaria 19401 723AOM 47000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2025, prorrogados para el 2026. El expediente parte del informe favorable del jefe del Servicio Técnico de Subvenciones del 21 de octubre de 2026, que verificó el cumplimiento de los requisitos por parte de todos los expedientes.

La propuesta se inscribe en una línea que ya ha tenido resolución definitiva: el BOIB núm. 125 del 3 de octubre de 2026 publicó la resolución del conseller con 248 beneficiarios y 3.390.748,98 euros. El mismo 29 de octubre, el boletín publicó otra propuesta provisional para la línea de compensación del coste del transporte de exportación, con 7 beneficiarios y 92.600 euros.

34 expedientes e importes de entre 1.000 y 22.500 euros

La relación adjunta a la propuesta incluye 34 expedientes, identificados con el código MACO, con importes concedidos que van desde los 1.000 hasta los 22.500 euros. Los importes más elevados se concentran en las actividades industriales y de servicios técnicos:

  • KELKO QUIMICA SL (MACO-4/2026), primer expediente de la lista, con 20.000 euros.
  • IDOSOL RENOVABLES SOCIEDAD LIMITADA SL (MACO-111/2026), EMBOTITS RAIMA, SL (MACO-121/2026), CASTRUM ILLA SLU (MACO-155/2026) y ALAN FREED, SL (MACO-206/2026), con 22.500 euros cada una.
  • BARBERCOLL GROUP SOCIEDAD LIMITADA (MACO-95/2026), con 22.000 euros; FUSTERIA MANUEL ROMERO SLU (MACO-107/2026), con 21.500 euros.
  • PAVIMENTOS Y HORMIGONES CARRERAS SA (MACO-132/2026), NADAL MOBILIARI 2001 SL (MACO-162/2026), POSTREHOTEL SLU (MACO-178/2026) y NOVALLEVANT GRUP MANACOR SL (MACO-201/2026), con 20.000 euros.
  • DAIGO MALLORCA BUSINESS (MACO-186/2026) y FORNES VERGER SL (MACO-258/2026), con 1.000 euros, son las concesiones más reducidas; el último expediente es GABRIEL ESTEVA AMENGUAL (MACO-305/2026), con 15.000 euros.

Diversos expedientes han visto minorada la subvención respecto del importe solicitado porque la solicitud incluía vehículos que no cumplían la condición exigida por el apartado tercero, punto 3 c) de la convocatoria. Es el caso, por ejemplo, de ORGASEL 2000 SL (17.000 euros solicitados y 16.000 concedidos) o de ELECTRICA LLUM SA POBLA SL (14.000 solicitados y 12.000 concedidos).

Anticipo inmediato y justificación hasta el 1 de febrero de 2027

El calendario que fija la propuesta es el siguiente:

  • Las inversiones se han de facturar y pagar entre el 28 de febrero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, ambos incluidos.
  • El término para justificar la actividad y el pago finaliza el 1 de febrero de 2027, o la fecha que establezca la resolución de concesión si es posterior.
  • La justificación se ha de presentar por vía electrónica mediante el trámite habilitado en la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma.
  • Los interesados pueden alegar lo que consideren conveniente en un término máximo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación; si no lo hacen, se entiende que aceptan el contenido de la propuesta.

Ayudas de minimis y obligaciones de los beneficiarios

Las ayudas se conceden bajo la norma de minimis, de manera que ninguna empresa puede recibir más de 300.000 euros en tres años, de acuerdo con el artículo 3 del Reglamento (CE) núm. 1407/2013 modificado por el Reglamento (CE) 2023/2831. Los servicios técnicos han comprobado que los beneficiarios disponen del impuesto de actividades económicas correspondiente, están al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y las administraciones tributarias estatal y autonómica, y cumplen los criterios de selección del punto noveno de la convocatoria.

El marco jurídico incluye la Ley 4/2017, de 12 de julio, de industria de las Islas Baleares, el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, el Decreto 75/2004, de 27 de agosto, y la Orden de bases reguladoras de subvenciones en materia de industria. Cualquier alteración de las condiciones o la concurrencia con otras ayudas públicas puede comportar la revisión de la concesión y el reintegramiento con intereses de demora. Además, una vez cerrado el término de solicitudes no se podrá ampliar el importe ni modificar las inversiones iniciales.

La publicación da visibilidad a una segunda tanda de la línea de ayudas por la guerra, con importes medios que se sitúan por encima de los 15.000 euros por expediente y con el pago anticipado como fórmula para que las pymes industriales baleares puedan asumir el gasto corriente en combustibles y materias primas sin esperar la liquidación definitiva.


Fuente: Butlletí Oficial de les Illes Balears, núm. 138, 29 d’octubre de 2026, Secció III. Altres disposicions i actes administratius, pàg. 59704 (referencia oficial: 10810).