BOE · 24 Oct 2026 · 1 vistas
Igualdad formaliza con Castilla-La Mancha y Murcia la derivación del teléfono 016
Por FactBox Admin

La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, dependiente del Ministerio de Igualdad, ha formalizado sendos convenios con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la prestación del servicio telefónico 016 de información, atención y asesoramiento jurídico en materia de violencia contra las mujeres. Las resoluciones, firmadas el 15 de octubre de 2026, se publican en el Boletín Oficial del Estado núm. 264, de 24 de octubre de 2026, sección III, con las referencias BOE-A-2026-22294 (Castilla-La Mancha) y BOE-A-2026-22295 (Murcia).
La publicación se realiza en cumplimiento del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El convenio con Castilla-La Mancha se suscribió el 13 de octubre de 2026 y el de Murcia, el 9 de octubre de 2026. Ambos sustituyen a los anteriores acuerdos —firmados el 11 de enero de 2022 y el 1 de diciembre de 2021, respectivamente— y responden, según el texto, al tiempo transcurrido desde entonces y a los avances normativos nacionales e internacionales.
Derivación automática de llamadas al servicio autonómico
El objeto de los convenios es que el Ministerio de Igualdad derive de forma automática al teléfono autonómico las llamadas relativas a violencia contra las mujeres realizadas al 016 desde el territorio de cada comunidad. En el caso de Castilla-La Mancha el destino es el 900100114, línea del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha disponible las 24 horas y los 365 días del año; en Murcia, el Dispositivo de Atención Telefónica Urgente para Mujeres Víctimas de Violencia de Género y de otras formas de Violencia, que se presta a través del teléfono único de emergencias 112.
- La persona usuaria será informada del número al que se deriva la llamada y del órgano administrativo que lo gestiona.
- Si la llamada requiere atención de urgencia o emergencia, se derivará de inmediato al 112 de la comunidad correspondiente.
- Las comunidades se comprometen a reenviar al 016 las llamadas que requieran idiomas, medios para personas con discapacidad auditiva o del habla, o horarios no cubiertos por su servicio.
- Las condiciones técnicas del procedimiento se acordarán en la Comisión de Seguimiento a partir de las características que comunique cada parte.
Sin transferencias financieras y vigencia de cuatro años
La cláusula tercera es explícita: la realización del objeto del convenio «no supone transferencias financieras» y cada parte asumirá con sus propios medios materiales y personales el coste de las actividades. La vigencia es cuatrienal, prorrogable por acuerdo unánime de las partes por un periodo máximo de hasta cuatro años adicionales.
El convenio será eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y se publicará en el BOE en los diez días hábiles siguientes. El régimen de protección de datos remite al Reglamento (UE) 2016/679 y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
Seguimiento paritario y estadísticas desagregadas
La coordinación corresponderá a una Comisión de Seguimiento integrada por dos representantes de cada parte, con respeto al principio de participación equilibrada de mujeres y hombres. La presidirá la persona titular de la Subdirección General de Coordinación Interinstitucional en Violencia contra las Mujeres y actuará como secretaria una persona funcionaria de esa misma unidad. Las decisiones se adoptarán por acuerdo unánime y la comisión se reunirá cuando lo solicite cualquiera de las partes, con una antelación mínima de siete días hábiles.
El Ministerio de Igualdad se compromete además a incluir en sus estadísticas mensuales y anuales del 016, difundidas en su página web, información desagregada de las llamadas atendidas procedentes de cada uno de los dos territorios, y ambas partes garantizan la difusión conjunta de los servicios telefónicos.
Un servicio estatal desde 2007
El 016 funciona desde septiembre de 2007 y es de ámbito estatal, estructura centralizada, gratuito, multicanal, confidencial y multilingüe, con atención ininterrumpida las 24 horas del día y los 365 días del año. Su marco son el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, el artículo 34 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, y el artículo 24 del Convenio de Estambul, que exige guardias telefónicas gratuitas y accesibles de forma permanente.
Los convenios se apoyan también en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, renovado por el Congreso de los Diputados el 26 de febrero de 2025, que amplió sus medidas de 290 a 461 y cuenta con 1.500 millones de euros para los próximos cinco años, así como en el Plan Conjunto plurianual en materia de violencia contra las mujeres (2023-2027), aprobado por la Conferencia Sectorial de Igualdad el 3 de marzo de 2023.
Firman los textos Carmen Martínez Perza, delegada del Gobierno contra la Violencia de Género; María Teresa López Tomé, directora del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, y Concepción Ruiz Caballero, consejera de Política Social, Familias e Igualdad del Gobierno de la Región de Murcia.
El impacto práctico es que las víctimas de ambos territorios mantienen una vía única de entrada —el 016— que las conecta con los recursos autonómicos especializados sin perder la garantía de atención inmediata en urgencias, idiomas o discapacidad. La publicación en el BOE dota de seguridad jurídica a una derivación que hasta ahora dependía de convenios ya superados y fija por escrito quién financia, quién coordina y cómo se rinden cuentas de las llamadas atendidas.
Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 264, de 24 de octubre de 2026, sección III, págs. 142780 y 142789 (referencias oficiales: BOE-A-2026-22294 y BOE-A-2026-22295).