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BOP de Alicante · 25 Aug 2026 · 5 vistas

Ibí delega la alcaldía en su teniente por viaje a China

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Ibí ha hecho pública la delegación de la totalidad de las funciones de la Alcaldía en la primera teniente de alcalde, Nuria Pina Huertas, durante la ausencia del alcalde por un viaje al extranjero. La medida, adoptada por resolución n.º 1691 de la Alcaldía-Presidencia con fecha 24 de agosto de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 160, de 25 de agosto de 2026.

El alcalde, Sergio Carrasco Martínez, se desplaza a China para asistir al II Diálogo de Alcaldes España-Yantai 2026. La delegación estará vigente desde las 0:00 horas del 25 de agosto hasta las 24:00 horas del 1 de septiembre de 2026.

La medida se adopta al amparo del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de los artículos 44 y 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a la delegación de funciones de la Alcaldía para los casos de sustitución por ausencia.

El edicto se publica en cumplimiento del artículo 44.2 del citado reglamento, que exige la publicidad de este tipo de resoluciones. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

Alcance y condiciones de la delegación

La resolución establece un régimen de control y transparencia sobre la gestión delegada:

  • La teniente de alcalde deberá informar a la Alcaldía, a posteriori y cuando se le requiera, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia.
  • Deberá informar con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, conforme al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
  • La delegación requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, que se entenderá otorgada tácitamente si no se formula manifestación expresa de no aceptación en el término de tres días hábiles desde la notificación.
  • La resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y se dará cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.

Marco normativo aplicable

En lo no previsto expresamente en la resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas. La resolución queda firmada por el alcalde-presidente, Sergio Carrasco Martínez.

La delegación temporal garantiza la continuidad de la gestión municipal durante la ausencia del alcalde, de modo que los vecinos de Ibí mantienen operativa la administración local y la tramitación de los procedimientos administrativos en un período de plena actividad estival. La participación en el foro internacional de alcaldes en Yantai refuerza, además, la proyección exterior del municipio y sus vínculos con la ciudad china.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, nº 160 de 25/08/2026, III. Administración Local, pág. 1-2 (referencia oficial: 6573/2026).