BOP de Huesca · 21 Aug 2026 · 7 vistas
Huesca resuelve las ayudas culturales a asociaciones para 2026
Por FactBox Admin

La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Huesca ha resuelto la convocatoria de ayudas para actividades culturales realizadas por asociaciones culturales del ejercicio 2026, concediendo un total de 49.974,93 euros a 18 entidades de la ciudad. La resolución, adoptada mediante el Decreto nº 4805/2026 de 14 de agosto, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca número 159, de 21 de agosto de 2026 (referencia oficial: BOPH-2026-159010).
La convocatoria se aprobó mediante el Decreto de Alcaldía 1682/2026, de 24 de marzo, cuyo extracto se publicó en el BOPH nº 58 de 26 de marzo de 2026, al amparo de la ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones aprobada por el Pleno el 24 de febrero de 2016. La resolución la firma la alcaldesa, Lorena Orduna Pons, con fecha 19 de agosto de 2026.
Crédito y beneficiarios
El crédito se dispone con cargo a la partida presupuestaria “04 33003 48000 Cultura. Otras transferencias”, por importe de 49.974,93 euros. La cantidad solicitada por el conjunto de entidades ascendió a 65.120,81 euros, por lo que la cuantía concedida se ajusta al límite del crédito disponible y a la puntuación obtenida por cada proyecto, sin que ninguna solicitud haya quedado en lista de espera.
Entre los beneficiarios figuran, entre otros:
- AFAMMER Altoaragón (441,00 €)
- Agrupación Folklórica Santa Cecilia (4.368,00 €)
- Asociación Cultural Grupo Andante (4.800,00 €)
- Asociación Oscense Pan y Rosas (5.723,00 €)
- Asociación Provincial de Librerías (2.175,00 €)
- FACEMA, Federación de Amypas de Conservatorios y Escuelas de Música del Altoaragón (4.819,44 €)
- Sociedad Oscense de Conciertos (3.187,65 €)
- Consello d’a Fabla Aragonesa (3.120,00 €)
Justificación y documentación
El plazo de justificación de las subvenciones finaliza el 16 de noviembre de 2026. Las entidades deberán presentar el formulario de justificación a través de la web municipal www.huesca.es, junto con la memoria final detallada, la relación numerada de justificantes y los justificantes de gastos y pagos, así como la declaración responsable de otros ingresos o subvenciones obtenidas para la misma finalidad.
Se aceptarán las facturas electrónicas como medio de justificación, y no se admitirán como justificantes de pago los realizados en efectivo por importe superior a 300 euros. El pago de las ayudas queda supeditado a la justificación correspondiente, conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Denegaciones y recursos
Dos solicitudes no han sido propuestas como beneficiarias: la Asociación de Vecinos del Barrio María Auxiliadora, por incumplimiento de la cláusula octava de la convocatoria, y la Asociación San Francisco de Sales de Hipoacúsicos, por incumplimiento de la cláusula tercera. Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca en el plazo de dos meses.
La resolución se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la sede electrónica del Ayuntamiento. La convocatoria, que no deja ninguna solicitud en lista de espera al resultar suficiente el crédito, refuerza el tejido asociativo cultural de la ciudad, desde muestras de cine y ferias del libro hasta conciertos y revistas de tradición aragonesa, y da certidumbre a decenas de entidades y a sus públicos de cara a la programación del próximo año.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, nº 159, viernes 21 de agosto de 2026, sección Administración Local (referencia oficial: BOPH-2026-159010).