Boletín Oficial del Registro Mercantil · 04 Nov 2026 · 7 vistas
Hoteles Ibicencos Reunidos se extingue y reparte su patrimonio entre cuatro sociedades
Por FactBox Admin

Hoteles Ibicencos Reunidos, S.A. dejará de existir. La Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad, celebrada el 15 de octubre de 2026, acordó por unanimidad su escisión total, que se ejecutará mediante disolución sin liquidación y el traspaso íntegro de su patrimonio a cuatro sociedades de nueva constitución. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial del Registro Mercantil núm. 212, de 4 de noviembre de 2026, Sección Segunda (Anuncios y avisos legales), pág. 7194, con la referencia oficial BORME-C-2026-5797.
Cuatro beneficiarias para un mismo patrimonio
La operación se apoya en el proyecto de escisión suscrito el 15 de septiembre de 2026 por el órgano de administración de la sociedad escindida. Las entidades receptoras, todas de nueva creación, son las siguientes:
- Anajupau, S.L.
- Embassy Gardens, S.L.
- Dembassy, S.L.
- Najupau, S.L.
Las cuatro adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones que integran el patrimonio de la escindida, en los términos y condiciones fijados en el citado proyecto. La sociedad resultante de la escisión no conserva actividad: Hoteles Ibicencos Reunidos, S.A. se extingue.
El anuncio consta en la sección de escisión de empresas del boletín, sin que la publicación detalle el reparto concreto de activos entre cada una de las beneficiarias ni el valor patrimonial asignado a cada sociedad.
Canje proporcional y exención de informes
Los actuales socios de la escindida recibirán participaciones sociales de las cuatro beneficiarias «en igual proporción cuantitativa y cualitativa» a las que ostentan en Hoteles Ibicencos Reunidos, S.A., de modo que el accionariado se replica en cada una de las nuevas compañías.
En virtud del artículo 71 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, no serán necesarios el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, el informe de expertos independientes ni el balance de escisión. Además, al haberse adoptado el acuerdo en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto, el artículo 9 de la misma norma exime de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley.
El anuncio hace constar la puesta a disposición de los socios de la documentación prevista, así como la inexistencia de trabajadores tanto en la sociedad escindida como en las beneficiarias. Tampoco existen ni existirán en las nuevas sociedades participaciones especiales o privilegiadas, aportaciones de industria, prestaciones accesorias ni derechos distintos de las acciones, y no se atribuyen ventajas de ninguna clase a los administradores ni a los expertos.
Un mes para la oposición de los acreedores
Los acreedores de las sociedades participantes pueden oponerse a la escisión en los términos del artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión. Los socios y acreedores tienen además derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance presentado, documentos disponibles en el domicilio social de la entidad.
El anuncio está firmado en Ibiza el 27 de octubre de 2026 por el administrador único de la sociedad escindida, Francisco Javier Bermejo Campillo, quien ya figuraba al frente de la compañía en los anuncios registrales de 2017 y en su reelección inscrita en 2023 en el Registro Mercantil de Ibiza (hoja IB 12186). La sociedad, conocida también por las siglas Hotirsa, había reducido capital en 60.100 euros en 2017 mediante la amortización de acciones propias en autocartera.
Impacto en el mapa turístico pitiuso
La desaparición de Hoteles Ibicencos Reunidos, S.A. supone la salida del registro de una sociedad histórica del sector hotelero de Ibiza y su sustitución por cuatro vehículos patrimoniales independientes, todos bajo el mismo accionariado. La fórmula elegida —escisión total con sociedades beneficiarias de nueva creación y canje proporcional— permite fragmentar la titularidad de los activos sin liquidar la compañía matriz, un movimiento habitual en procesos de reorganización familiar o de preparación de operaciones societarias posteriores. Para socios, acreedores y trabajadores del sector, la clave práctica es el plazo de un mes de oposición que ahora se abre, contado desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil, núm. 212, 4 de noviembre de 2026, Sección Segunda (Anuncios y avisos legales) — Escisión de empresas, pág. 7194 (referencia oficial: BORME-C-2026-5797).
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil · Boletín Oficial del Registro Mercantil de 2026-11-04