BOP de Albacete · 21 Oct 2026 · 1 vistas
Higueruela fija las tasas de guardería y residencias de ancianos
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Higueruela ha elevado a definitivo la modificación de la ordenanza fiscal que regula la tasa por asistencias y estancias en hogares y residencias de ancianos, guarderías infantiles, albergues y otros establecimientos de naturaleza análoga. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 123, correspondiente al miércoles 21 de octubre de 2026, en la Sección tercera (Administración Local), página 31, con la referencia oficial 26.260. La norma entra en vigor el día siguiente al de su publicación, es decir, el 22 de octubre de 2026.
El texto llega al boletín después de que el acuerdo plenario provisional del consistorio no haya recibido reclamaciones durante el plazo de exposición al público, lo que lo eleva automáticamente a definitivo. La publicación íntegra se realiza en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, norma que sirve de marco a toda la operación.
Guardería: 45 euros al mes y gratuidad a partir de los dos años
El artículo 6 de la ordenanza, dedicado a la cuota tributaria, es el que fija los importes que pagarán las familias por la estancia de los niños en la guardería municipal. El anuncio reproduce literalmente el siguiente cuadro de tarifas:
- Alumnos de 1 a 2 años: 45 euros/mes.
- Alumnos de 2 a 3 años: gratuito.
La gratuidad del tramo de 2 a 3 años convierte a la guardería en un servicio sin coste para las familias con niños en esa franja de edad, mientras que el tramo inferior queda sujeto a una cuota mensual fija de 45 euros. El anuncio no detalla reducciones o bonificaciones adicionales para este servicio.
El anuncio no cuantifica las estancias en residencias
El título de la ordenanza incluye expresamente las asistencias y estancias en hogares y residencias de ancianos, albergues y otros establecimientos de naturaleza análoga, de modo que la modificación afecta también a los usuarios de estos recursos de servicios sociales del municipio. Sin embargo, el texto publicado en el boletín reproduce el artículo 6 de forma parcial: tras las dos líneas dedicadas a la guardería aparece un apartado de puntos suspensivos —«(…)»— que deja fuera del anuncio las tarifas concretas aplicables a residencias de ancianos y albergues. Esas cuantías no figuran, por tanto, en la publicación oficial de este miércoles.
Tres ordenanzas municipales en el mismo boletín
La de guarderías y residencias no es la única norma fiscal de Higueruela que alcanza su redacción definitiva en el número 123 del boletín. Ese mismo día se publican otras dos modificaciones de ordenanzas del ayuntamiento:
- La ordenanza de la tasa por enseñanzas especiales impartidas en la Universidad Popular de Higueruela, con tarifas de 25 a 50 euros según las horas lectivas de cada curso y 65 euros anuales de ludoteca para familias con un niño (referencia 26.261).
- La ordenanza de la tasa por utilización de instalaciones deportivas y prestación de servicios municipales, que incluye el gimnasio (70 euros de abono anual, 15 euros mensuales) y el campo de fútbol (25 euros por hora y media) (referencia 26.265).
Las dos notificaciones firmadas llevan la rúbrica de la alcaldesa, Isabel Martínez Arnedo, y están fechadas en Higueruela el 6 de octubre de 2026.
Entrada en vigor y vía de recurso
La disposición final de la ordenanza establece que la norma estará vigente «hasta que se acuerde expresamente su modificación o derogación». Contra el acuerdo, y conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio, según el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La decisión tiene efecto inmediato sobre el bolsillo de las familias con niños matriculados en la guardería municipal y sobre los usuarios de plazas de residencia y albergue gestionadas o concertadas por el ayuntamiento, que a partir del 22 de octubre cuentan con un marco tarifario definitivo y con un plazo abierto para impugnarlo ante la justicia contencioso-administrativa.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, número 123, de 21 de octubre de 2026, Sección tercera (Administración Local), pág. 31 (referencia oficial: 26.260).