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BOP de Badajoz · 01 Sep 2026 · 1 vistas

Higuera de Vargas aprueba la ordenanza de gestión de residuos de obra

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Higuera de Vargas ha elevado a definitiva la Ordenanza municipal reguladora de la gestión de los residuos de construcción y demolición (RCD) del municipio, tras aprobarla inicialmente el Pleno en sesión ordinaria de 3 de junio de 2026. La norma, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 167, de 1 de septiembre de 2026 (anuncio 3444/2026), entra en vigor al día siguiente de su publicación íntegra.

La aprobación definitiva se produce al transcurrir el período de información pública y audiencia a los interesados sin que se presentara reclamación ni sugerencia alguna, conforme al artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. El texto se apoya en el marco estatal de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, y el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Fianzas obligatorias para obras mayores y menores

La ordenanza exige a todo solicitante de licencia de obras, o interesado en un acto comunicado, constituir una fianza previa que responda de la correcta gestión de los RCD generados. Sin su depósito no se otorga la licencia, y su incumplimiento faculta al órgano municipal para suspender las obras.

  • Obras mayores: fianza del 100 % del coste previsto de gestión, con mínimos por categoría de residuo: 1.000 €/m³ (categoría I), 30 €/m³ (II), 15 €/m³ (III) y 7 €/m³ (IV).
  • En todo caso, la fianza no podrá ser inferior al 0,4 % del presupuesto de ejecución material ni a 100 €.
  • Obras menores: fianza del 0,4 % del presupuesto, con mínimos de 50 € (presupuesto hasta 1.000 €), 75 € (hasta 6.000 €) y 100 € (superior a 6.000 €).

Separación y destino de los residuos

El poseedor de los residuos deberá mantenerlos en condiciones de higiene y seguridad y separarlos en fracciones cuando se superen los umbrales fijados: 80 t de hormigón, 40 t de ladrillos y cerámicos, 2 t de metal, 1 t de madera, 1 t de vidrio y 0,5 t de plástico o de papel y cartón. Los RCD deberán entregarse a un gestor autorizado, en el punto limpio o en el punto de acopio municipal (hasta un metro cúbico), con certificado acreditativo.

La devolución de la fianza exige presentar el certificado de gestión, el certificado de la dirección facultativa, la fotocopia del depósito y el certificado final de obras. Si los datos no son congruentes con el estudio de gestión, el Ayuntamiento podrá bloquear la devolución o ejecutar la fianza por actuación subsidiaria.

Régimen sancionador y recurso

El régimen de infracciones y sanciones es el previsto en los artículos 107 a 118 de la Ley 7/2022, en los supuestos de competencia de las entidades locales, tramitándose expediente conforme a la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015. Contra la elevación a definitivo del acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses desde la publicación.

La norma, firmada por el alcalde Ángel Cabalgante Delgado, convierte a constructores, promotores y titulares de obras del municipio en responsables directos de la trazabilidad de sus escombros, en línea con los objetivos de economía circular y de erradicación del vertido incontrolado.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 167, 1 de septiembre de 2026, Administración Local (referencia oficial: Anuncio 3444/2026).