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BOP de Badajoz · 05 Nov 2026 · 9 vistas

Herrera del Duque revisa la ordenanza fiscal de actividades económicas

Por FactBox Admin

Herrera del Duque revisa la ordenanza fiscal de actividades económicas

El Ayuntamiento de Herrera del Duque ha aprobado inicialmente una nueva Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas y la derogación de la anterior, aprobada el 20 de diciembre de 2007. El acuerdo lo adoptó el Pleno municipal en sesión ordinaria del 29 de octubre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 212, correspondiente al jueves 5 de noviembre de 2026, con la referencia Anuncio 4347/2026, dentro de la sección de Administración Local.

La publicación no cierra la tramitación: la abre. El anuncio expone el texto al conocimiento de los interesados y fija el calendario para que presenten reparos antes de que la norma quede definitivamente aprobada.

Aprobación en pleno y derogación de la norma de 2007

El órgano que decide es el Pleno del Ayuntamiento de Herrera del Duque, que en su sesión ordinaria del 29 de octubre de 2026 acordó dos cosas de forma conjunta:

  • Aprobar una nueva Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.
  • Derogar la ordenanza anterior, aprobada el 20 de diciembre de 2007 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el mismo 20 de diciembre de 2007.

El texto se tramita conforme al artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, precepto que regula la exposición pública de las ordenanzas fiscales tras su aprobación inicial. El anuncio aparece firmado por el Alcalde-Presidente, Saturnino Alcázar Vaquerizo, a fecha de la firma digital.

Treinta días para examinar el expediente y presentar alegaciones

El plazo es de treinta días y se cuenta desde el día siguiente al de la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Durante ese periodo, cualquier interesado puede consultar el expediente y formular las reclamaciones que estime oportunas por dos vías:

  • Presencialmente, en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Herrera del Duque.
  • Telemáticamente, a través de la sede electrónica municipal, accesible en http://herreradelduque.sedelectronica.es.

El anuncio precisa además el efecto del silencio administrativo en este trámite: si transcurrido el plazo no se hubieran presentado reclamaciones, el acuerdo se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de un nuevo pronunciamiento plenario expreso sobre las alegaciones.

Un tributo que afecta a toda la actividad económica del municipio

El Impuesto sobre Actividades Económicas es el tributo local que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales y artísticas en el término municipal. La sustitución de una ordenanza vigente desde 2007 afecta, por tanto, al conjunto de empresarios y autónomos con actividad en Herrera del Duque, que verán actualizado el marco regulador de sus cuotas y obligaciones formales ante el consistorio.

La relevancia práctica del trámite está en el calendario: la norma no queda cerrada con la publicación, sino que se abre a la participación de los sujetos pasivos y de cualquier persona con interés legítimo. Quien no presente alegaciones en el plazo de treinta días desde el 6 de noviembre de 2026 perderá la oportunidad de impugnar el texto antes de su entrada en vigor definitiva, aunque siempre quedarán abiertas las vías ordinarias de recurso contra la ordenanza ya aprobada.

Con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz del 5 de noviembre de 2026, el expediente queda formalmente a disposición pública y el reloj del trámite empieza a correr para los contribuyentes del municipio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 212, 5 de noviembre de 2026, Administración Local-Ayuntamientos, pág. 2 (referencia oficial: Anuncio 4347/2026).