La Gaceta — Diario Oficial · 23 Sep 2026 · 4 vistas
Hacienda deroga la Comisión de Coordinación del Área de Ingresos
Por FactBox Admin

El Poder Ejecutivo derogó la Comisión de Coordinación del Área de Ingresos del Ministerio de Hacienda mediante el Decreto Ejecutivo N° 45936-H, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 179 del miércoles 23 de setiembre de 2026. La norma fue firmada por la presidenta de la República, Laura Fernández Delgado, y por el ministro de Hacienda, Rodrigo Chaves Robles, y rige a partir de su publicación. Con ella desaparece el órgano colegiado creado en 2016 y se suprimen las referencias que aún lo mencionaban en el reglamento de organización de la Dirección General de Hacienda.
El decreto deroga íntegramente el Decreto Ejecutivo N° 39696-H del 28 de marzo de 2016, publicado en el Alcance N° 90 a La Gaceta N° 107 del 3 de junio de 2016, que había creado la comisión con el propósito de definir los lineamientos generales de coordinación sobre los temas que involucraran simultáneamente a dos o más direcciones del área de ingresos. La medida también alcanza el Decreto Ejecutivo N° 45736-H del 27 de abril de 2026, publicado al Alcance N° 43 a La Gaceta N° 6, denominado “Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Hacienda”.
Qué se elimina del ordenamiento
El artículo 1º del Decreto Ejecutivo N° 45936-H suprime dos disposiciones concretas del reglamento vigente de la Dirección General de Hacienda:
- El inciso i) del artículo 12 del Decreto Ejecutivo N° 45736-H, que asignaba funciones relacionadas con la comisión a determinadas dependencias.
- El inciso h) del artículo 13 del mismo reglamento, con el mismo efecto.
- El Decreto Ejecutivo N° 39696-H completo, incluida la creación de la comisión.
El texto firmado en la Presidencia de la República, en San José, el 3 de setiembre de 2026, invoca los artículos 140 incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política, así como los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 párrafo 2) inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227.
Los argumentos del Ejecutivo
Los considerandos sostienen que la existencia de órganos colegiados adicionales para funciones de coordinación interna, cuando estas ya están implícitas en el ejercicio ordinario de las competencias administrativas, puede generar duplicidad de funciones, rigidez operativa y cargas innecesarias para la gestión pública. El Ejecutivo añade que las tareas de coordinación, articulación y seguimiento entre las dependencias del área de ingresos pueden ejercerse eficazmente mediante las potestades ordinarias de dirección, supervisión y coordinación del Viceministerio de Ingresos, de la Dirección General de Hacienda y de las demás dependencias competentes.
La exposición de motivos también cita los principios de simplificación administrativa, eficiencia y buena gestión pública, y la necesidad de preservar la seguridad jurídica y la coherencia normativa. De conformidad con el artículo 12 del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto Ejecutivo N° 37045-MP-MEIC, se determinó que la propuesta no crea ni modifica trámites, requisitos o procedimientos a cargo del administrado.
Disposiciones transitorias y traspaso de funciones
El decreto incluye dos reglas de transición para ordenar el cierre del órgano:
- Transitorio I: si se mantienen libros de actas activos de la comisión, corresponderá a la Dirección General de Hacienda cerrarlos y depositarlos ante la Auditoría Interna.
- Transitorio II: los asuntos que estén en conocimiento de la comisión al momento de entrar en vigencia el decreto serán asumidos y resueltos por el Viceministro de Ingresos o por la instancia que este designe.
- Artículo 2º: la norma rige a partir de su publicación en La Gaceta.
El cambio no altera la estructura jerárquica del fisco ni crea nuevas instancias: traslada la coordinación interna del área de ingresos a los mandos ordinarios ya existentes y deja sin efecto el único foro colegiado permanente que la reglamentación había previsto para esa función.
Fuente: La Gaceta N° 179, miércoles 23 de setiembre de 2026, PODER EJECUTIVO — Decretos, págs. 2-3 (referencia oficial: D45936 - IN202601127902).