Boletín Oficial de Navarra · 28 Oct 2026 · 3 vistas
Hacienda de Barañáin embarga un inmueble a un titular de derecho de uso
Por FactBox Admin

La recaudación ejecutiva del Ayuntamiento de Barañáin ha notificado por edicto una diligencia de embargo de bienes inmuebles a un titular de derecho de uso al que no fue posible localizar. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 215, de 28 de octubre de 2026, página 38173, dentro del apartado de edictos de notificación, con referencia E266000/00020/2026 y número de publicación L2613500. El acto lo firma el recaudador ejecutivo David Daroca en Barañáin el 15 de octubre de 2026.
Comparecencia en quince días naturales
El edicto se ampara en el artículo 99.4 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, después de que resultara imposible la notificación prevista en el apartado 99.2 por circunstancias que obran en el expediente. El interesado debe personarse, por sí mismo o debidamente representado, en el plazo de quince días naturales contados desde el día siguiente a la publicación; con la fecha del boletín, el plazo concluiría el 12 de noviembre de 2026.
La comparecencia se atiende en horario de nueve de la mañana a dos de la tarde, de lunes a viernes, en la oficina gestora situada en la calle Íñigo Arista, número 16 bajo, de Pamplona. Transcurrido el plazo sin presentarse, el interesado quedará notificado a todos los efectos desde el día siguiente al vencimiento.
Los datos del expediente
El anuncio identifica al afectado con estos datos:
- NIF/CIF: 10814740W.
- Número de diligencia: 352026.
- Condición en la que se cita: propietario del derecho de uso.
- Acto notificado: procedimiento administrativo de apremio, diligencia de embargo de bienes inmuebles.
- Referencia del expediente: E266000/00020/2026.
El edicto no incorpora el nombre del interesado, que aparece sin identificar en la relación de citados. La diligencia se dicta al amparo del artículo 113.2 del Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.
Apercibimientos y recursos
El texto advierte de que, una vez entendida la notificación de cualquiera de los trámites del procedimiento de apremio, se tendrán por notificadas las actuaciones y diligencias sucesivas, sin perjuicio del derecho del obligado a comparecer en cualquier otro momento. La resolución de enajenación de los bienes embargados se notificará, en su caso, conforme al artículo 99 de la Ley Foral General Tributaria.
Contra el acto caben tres vías optativas:
- Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación.
- Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente.
- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses.
Impacto para el afectado
El propietario del derecho de uso afronta la pérdida del inmueble si no comparece: el embargo abre la vía a la enajenación forzosa del bien para cubrir la deuda apremiada. El edicto es la única forma de notificación válida cuando fracasan los intentos previstos en la ley foral, de modo que la publicación en el Boletín Oficial de Navarra sustituye a la comunicación personal y activa el cómputo de todos los plazos.
Fuente: Boletín Oficial de Navarra, nº 215, 28 de octubre de 2026, sección 6.1 Edictos de notificación, pág. 38173 (referencia oficial: L2613500 / E266000/00020/2026).