Diario Oficial (Colombia) · 03 Nov 2026 · 4 vistas
Hacienda autoriza a Empresas Públicas de Medellín emitir deuda externa
Por FactBox Admin

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó a Empresas Públicas de Medellín ESP para suscribir, emitir y colocar títulos de deuda pública externa en el mercado internacional de capitales hasta por USD 1.000.000.000, con destino al financiamiento de gastos diferentes a inversión. La decisión quedó consignada en la Resolución 2557 de 2026, firmada en Bogotá el 3 de noviembre de 2026 por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, César Augusto Arias Hernández, y publicada en el Diario Oficial 53.679 de esa misma fecha.
La resolución se expidió con fundamento en el artículo 2.2.1.3.3 del Decreto número 1068 de 2015, que exige autorización previa del Ministerio, mediante resolución, para la emisión y colocación de títulos de deuda pública por parte de entidades descentralizadas de cualquier orden, y en el artículo primero de la Resolución número 2650 del 12 de noviembre de 1996 del mismo ministerio. La operación también se enmarca en el artículo 6° de la Ley 781 de 2002, que somete a las empresas de servicios públicos oficiales y mixtas a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas.
La solicitud fue presentada por la empresa mediante el oficio radicado 1-2026-115661 del 29 de octubre de 2026 y su alcance 1-2026-116802 del 30 de octubre de 2026, junto con el Documento Técnico Justificativo previsto en el artículo 2.2.1.5.2 del Decreto número 1068 de 2015. En ese documento la compañía certificó que el cupo aprobado por Hacienda “no se ha utilizado hasta la fecha” y que no se ha tramitado ni se encuentra en curso ninguna operación de endeudamiento con cargo a ese concepto.
Condiciones financieras de los títulos
El artículo 3° de la resolución fija las características generales de la emisión:
- Plazo de redención: máximo diez (10) años.
- Tasa de interés: fija, con pago semestral.
- Amortización: al vencimiento.
- Otros gastos y comisiones: los propios del mercado para esta clase de operaciones.
- Condiciones financieras generales: las dispuestas en las normas del Banco de la República, en particular la Resolución Externa 17 de 2015 y la Resolución Externa 1 de 2018 de su Junta Directiva, así como la Circular Reglamentaria Externa DODM-145 del 30 de octubre de 2015.
El respaldo corporativo consta en la certificación suscrita el 24 de agosto de 2026 por la Vicepresidencia de Gobierno Corporativo y Secretaría General de Empresas Públicas de Medellín ESP, según la cual no se ha presentado un cambio adverso en la situación financiera de la compañía. La Junta Directiva de la empresa, en sesión ordinaria del 7 de julio de 2026, había autorizado al Gerente General o a quien él delegue para gestionar las autorizaciones y ejecutar las operaciones de crédito público, incluidas emisiones de bonos en el mercado internacional de capitales.
Aval de Hacienda y documentos de la colocación
La Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional había emitido concepto favorable mediante el oficio 2-2026-052367 del 23 de julio de 2026, para el financiamiento de gastos diferentes a inversión hasta por USD 1.000 millones, con vigencia de un año. Ese concepto se verá afectado con la colocación de los títulos y la empresa deberá hacer seguimiento estricto para que, de manera individual o agregada, no se exceda el monto aprobado.
Los documentos de la operación fueron aprobados por el mismo despacho mediante el oficio 2-2026-076862 del 3 de noviembre de 2026. El paquete incluye:
- El Purchase Agreement y el Indenture.
- Secciones del Offering Memorandum: ejecución de sentencias extranjeras, controles de cambio, asuntos legales, listado e información general, plan de distribución, factores de riesgo, resumen de la oferta, uso de recursos y descripción de los títulos.
Beneficio tributario y obligaciones de reporte
De acuerdo con el artículo 5°, el pago del principal, intereses, comisiones y demás conceptos de la operación estará exento de toda clase de impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes de carácter nacional, conforme al artículo 218 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 7° de la Ley 488 de 1998, únicamente cuando se realice con personas sin residencia o domicilio en el país.
La autorización impone además obligaciones de información: inscripción de la operación en la Base Única de Datos del ministerio, según el artículo 13 de la Ley 533 de 1999; envío de datos de fechas, valores y tasas a la Subdirección de Financiamiento Externo de la Nación dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la colocación, parcial o total; remisión de copia de los documentos suscritos en un plazo de treinta (30) días; y un informe mensual sobre el pago de los títulos hasta su redención total. Cualquier modificación de los términos requiere autorización previa del Ministerio.
El artículo 10 subordina los pagos de servicio de deuda, comisiones y gastos a las apropiaciones que se hagan en el presupuesto de Empresas Públicas de Medellín ESP, que deberá incluir las partidas necesarias en sus presupuestos anuales hasta el pago total. La resolución rige desde su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional conforme al artículo 18 de la Ley 185 de 1995.
La operación da a la mayor empresa de servicios públicos del país un margen de endeudamiento de hasta mil millones de dólares en los mercados internacionales, con un plazo de hasta diez años y amortización única al vencimiento, lo que concentra el pago del principal al final de la vida del título. Para los usuarios y acreedores de la compañía, el elemento relevante es que los recursos se destinan a gastos diferentes a inversión —capital de trabajo y funcionamiento, entre otros— y que el servicio de la deuda queda condicionado a las apropiaciones presupuestales anuales de la empresa.
Fuente: Diario Oficial, Edición 53.679 del martes 3 de noviembre de 2026, sección I, pág. 5 (referencia oficial: Resolución 2557 de 2026).