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BOP de Cáceres · 21 Aug 2026 · 8 vistas

Guijo de Granadilla aprueba las ayudas extraordinarias para contingencias 2026

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Guijo de Granadilla ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres (n.º 0160, de 21 de agosto de 2026) las bases reguladoras definitivas de la convocatoria de ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias del año 2026. El texto, firmado por el alcalde-presidente Marco Antonio García García el 17 de agosto, queda elevado a definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública del acuerdo plenario inicial, adoptado el 26 de junio de 2026.

La convocatoria se enmarca en el Programa de Colaboración Económica Municipal de la Junta de Extremadura, regulado por el Decreto 110/2021, de 22 de septiembre, y aprobado para 2026 mediante el Acuerdo de 17 de marzo de 2026 del Consejo de Gobierno. Se trata de prestaciones económicas no periódicas, de carácter finalista y asistencial, que no se rigen por la normativa general de subvenciones.

Qué cubren las ayudas

Las ayudas se conceden mediante pago único para atender gastos puntuales e inusuales derivados de contingencias extraordinarias. Los conceptos financiables incluyen:

  • Gastos de alojamiento (alquiler o hipoteca de la vivienda habitual): hasta 2.600 euros.
  • Instalaciones, equipamiento básico y útiles de primera necesidad: hasta 1.600 €.
  • Necesidades primarias (alimentación, aseo, vestido): de 700 € a 1.800 € según el tamaño de la unidad familiar.
  • Asistencia sanitaria o sociosanitaria no cubierta por el sistema público: hasta 1.500 €.
  • Carencias críticas de carácter excepcional: hasta 2.010 €.
  • Endeudamiento previo por los conceptos anteriores, con antigüedad máxima de 12 meses.

El importe máximo por todos los conceptos se fija en 2.950 € por unidad familiar.

Requisitos y límites de renta

Pueden ser beneficiarias las personas mayores de edad empadronadas y residentes en el municipio con al menos seis meses de antigüedad, que pertenezcan a una unidad familiar sin rentas o ingresos suficientes. Se considera que existen ingresos suficientes cuando superan el 130 % del IPREM mensual (700 €), incrementado en un 8 % por cada miembro adicional, con límites reforzados para familias con discapacidad o dependencia.

Se concede como máximo una ayuda al año por unidad familiar, y no podrá otorgarse una nueva para el mismo concepto hasta transcurridos dos años desde la anterior. Las ayudas son compatibles con otras prestaciones siempre que el total no supere el coste final.

Cómo y cuándo solicitarlas

Las solicitudes se presentan en el Servicio Social de Atención Social Básica del Ayuntamiento, en el Registro General, en la sede electrónica o a través de la red ORVE/SARA. El plazo se abre al día siguiente de la entrada en vigor de la ordenanza y finaliza el 15 de diciembre de 2026, o antes si se agota el crédito presupuestario.

La resolución debe notificarse en el plazo máximo de un mes desde la entrada de la solicitud, y la concesión se realiza por estricta prelación temporal hasta agotar las disponibilidades. La dotación presupuestaria de la convocatoria para 2026 asciende a 2.448,17 €.

Relevancia para los vecinos

La publicación de estas bases consolida un recurso económico clave para las familias de Guijo de Granadilla en situación de vulnerabilidad, permitiendo afrontar gastos básicos de vivienda, alimentación o salud ante contingencias sobrevenidas. Al tratarse de una convocatoria de concesión directa y tramitación ágil, constituye una red de protección inmediata frente a procesos de exclusión social en el municipio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, n.º 160, 21 de agosto de 2026, Sección I - Administración Local, pág. 19528 (referencia oficial: CVE BOP-2026-3969).