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Boletín Oficial de Canarias · 05 Nov 2026 · 5 vistas

Guardia Civil y Medio Natural coordinan la vigilancia ambiental en todas las islas

Por FactBox Admin

Guardia Civil y Medio Natural coordinan la vigilancia ambiental en todas las islas

La Agencia Canaria de Protección del Medio Natural (ACPMN) y la 16.ª Zona de la Guardia Civil de la Comunidad Autónoma de Canarias han suscrito un Procedimiento Operativo para coordinar la vigilancia medioambiental, la ordenación de los recursos naturales y la disciplina territorial y urbanística en el archipiélago. El documento se firmó el 14 de octubre de 2026 y se publica ahora en el Boletín Oficial de Canarias núm. 221, de 5 de noviembre de 2026, por resolución de la Directora Ejecutiva del organismo autonómico fechada el 20 de octubre.

La publicación se dispone en la sección III, Otras Resoluciones, bajo la dependencia de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, y la resolución se ampara en los artículos 8.4 y 19.8 de los Estatutos de la Agencia aprobados por el Decreto 189/2001, de 15 de octubre, y en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública. El texto entró en vigor en el momento de su firma.

Firman el acuerdo el General de Brigada Jefe de la 16.ª Zona, Juan Hernández Mosquera, nombrado por la Orden INT/1115/2022, de 11 de noviembre, y la Directora Ejecutiva de la ACPMN, María Montserrat Ortega Montesdeoca. El procedimiento tiene carácter no vinculante y se configura, según su estipulación novena, como una declaración de intenciones al amparo del artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Vigilancia compartida en las ocho islas

El objeto es prevenir, detectar e investigar actividades ilícitas que afecten al medio ambiente y a la ordenación territorial y urbanística. La 16.ª Zona de la Guardia Civil actuará a través de su Unidad de Protección de la Naturaleza (UPRONAZ), con sede en Tenerife, y se compromete a:

  • Participar de forma coordinada con la ACPMN y con las administraciones insulares y municipales consorciadas en la disciplina urbanística y ambiental.
  • Fomentar acciones conjuntas de vigilancia y policía medioambiental con personal de la Agencia.
  • Coordinar los dispositivos organizados por las unidades del SEPRONA en el archipiélago.
  • Favorecer el intercambio de información y compartir acciones formativas.

Por su parte, la ACPMN solicitará la programación de servicios ordinarios que exijan presencia del SEPRONA, colaborará en todas las islas facilitando formación y medios dentro de las disponibilidades presupuestarias, y formará al personal del instituto armado en las directrices, planes y normas urbanísticas, territoriales y ambientales aprobadas en Canarias.

Comisión mixta y circulación de expedientes

Se crea una Comisión Mixta de Seguimiento con dos representantes de cada parte, que deberá reunirse al menos una vez al año, con presidencia alterna anual y secretaría a cargo de la ACPMN alternada con el jefe de la UPRONAZ. Su composición y sus acuerdos se comunicarán a la Delegación del Gobierno. Entre sus funciones están resolver dudas de interpretación, evaluar resultados y orientar recursos.

El procedimiento también fija un cauce de comunicación ordinaria: la Agencia comunicará a la UPRONAZ la incoación y las resoluciones de los procedimientos tramitados por denuncias de la Guardia Civil, y las unidades del SEPRONA trasladarán a la ACPMN las informaciones útiles para su gestión. Ese intercambio se someterá a la Ley Orgánica 3/2018, de protección de datos, y al Reglamento (UE) 2016/679.

Cuatro años prorrogables y sin coste

La vigencia es de cuatro años desde la firma, prorrogable por una sola vez por otros cuatro, salvo denuncia expresa en el último mes de cada año natural. El acuerdo se extingue por cumplimiento de objetivos, por mutuo acuerdo o por decisión unilateral comunicada por escrito con al menos treinta días de antelación. La ACPMN podrá poner a disposición del SEPRONA, de forma voluntaria, medios o apoyos materiales, sin que ello genere obligación jurídica ni económica alguna; cada parte usará sus propios medios personales y materiales.

El procedimiento desarrolla el mandato del artículo 12 de la Ley Orgánica 2/1986 sobre conservación de la naturaleza y la habilitación de la disposición adicional novena de la legislación territorial canaria para suscribir convenios con los cuerpos de seguridad del Estado. También se apoya en el artículo 20.1 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y en la disposición adicional tercera del Decreto 1/2026, de 26 de enero.

El acuerdo llega en un contexto de solapamiento competencial entre la Administración autonómica, los cabildos y los ayuntamientos consorciados en la Agencia, con el SEPRONA como unidad especializada de la Guardia Civil en materia ambiental. Para los lectores, la consecuencia práctica es un canal formal para pedir servicios de vigilancia, compartir expedientes sancionadores y formar a los agentes en normativa urbanística canaria, con una comisión que rinde cuentas ante la Delegación del Gobierno.


Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 221, de 5 de noviembre de 2026, sección III. Otras Resoluciones, págs. 39942-39949 (referencia oficial: resolución 3813).