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BOP de Granada · 28 Aug 2026 · 6 vistas

Guadix aprueba suplemento de crédito de 204.966 euros para inversiones

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Guadix ha aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito 14-2026, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para inversiones financieramente sostenibles, por un importe total de 204.966,73 euros. La decisión, adoptada al no haberse presentado alegaciones durante el periodo de exposición pública, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 166, de 28 de agosto de 2026, con referencia BOP-GRA-2026-166003.

El anuncio, tramitado por la Intervención municipal, se difunde para general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. La operación se enmarca en la modalidad de suplemento de crédito sobre el presupuesto en vigor, con destino a inversiones financieramente sostenibles.

Destino de los fondos

El grueso del crédito se concentra en la aportación municipal al PPOYS de la Carrera de las Cruces, que absorbe 178.016,73 euros. El resto se reparte entre equipamiento de seguridad y emergencias:

  • 178.016,73 € — suplemento de aportación al PPOYS de la Carrera de las Cruces.
  • 25.000,00 € — armas y fundas para armas de la Policía Local.
  • 1.950,00 € — material formativo y maniquíes de Protección Civil.

Financiación y equilibrio presupuestario

El suplemento se financia íntegramente con el alta en el concepto de ingresos 870.00, correspondiente al remanente de tesorería para gastos generales con destino a inversiones financieramente sostenibles, por el mismo importe de 204.966,73 euros. De este modo, la modificación presupuestaria mantiene el equilibrio entre gastos e ingresos sin recurrir a nueva deuda.

Recursos y firma

Contra el acuerdo, en virtud del artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las personas interesadas podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. Conforme al artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición del recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. El documento aparece firmado electrónicamente por el alcalde-presidente, D. Jesús Rafael Lorente Fernández.

La aprobación definitiva de este suplemento permite a Guadix dotar de recursos a proyectos de inversión sostenible y reforzar el equipamiento de sus servicios de seguridad y emergencias, en un ejercicio en el que el municipio apuesta por financiar estas actuaciones con el superávit de tesorería acumulado en lugar de incrementar su endeudamiento.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada, núm. 166, 28 de agosto de 2026, Administración Local, pág. 34 (referencia oficial: BOP-GRA-2026-166003).