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BOP de Ciudad Real · 05 Nov 2026 · 7 vistas

Guadalmez aprueba un protocolo contra el acoso sexual en el Ayuntamiento

Por FactBox Admin

Guadalmez aprueba un protocolo contra el acoso sexual en el Ayuntamiento

El Ayuntamiento de Guadalmez ha publicado su Protocolo de actuación frente al acoso sexual, el acoso por razón de sexo y el acoso por orientación sexual en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real número 214, correspondiente al jueves 5 de noviembre de 2026, dentro de la sección de Administración Local (anuncio número 3567, páginas 10426 a 10437, CVE mJWNSPxWD579f0F2K8sV). El texto establece un procedimiento interno de denuncia, investigación y sanción, y designa a la Asesoría Confidencial y al Comité de Asesoramiento como órganos encargados de tramitarlo.

Marco normativo y alcance

El protocolo se apoya en la Constitución Española de 1978, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, y la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha. Completan el marco la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto Legislativo 5/2015 que aprueba el TREBEP, el Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, sobre planes de igualdad.

El ámbito de aplicación abarca a todo el personal del consistorio. Las empresas externas contratadas, las colaboradoras, las sociedades y los organismos autónomos municipales serán informados de su existencia, y cuando el caso afecte a personal municipal y a personal de una contrata se activarán los mecanismos de coordinación empresarial.

Las conductas tipificadas se consideran falta muy grave, con independencia de lo dispuesto en la legislación penal, y dan lugar a las sanciones previstas en el propio protocolo y en el TREBEP. La declaración de principios subraya que el acoso atenta contra la dignidad de las personas trabajadoras y que el Ayuntamiento no tolerará estas prácticas.

Medidas preventivas y definiciones

El documento distingue tres modalidades: el acoso sexual —con las variantes de chantaje sexual y acoso ambiental—, el acoso por razón de sexo, vinculado a los estereotipos de género, y el acoso por orientación sexual, referido a la orientación, identidad o expresión de género. Para prevenirlos se articulan, entre otras, las siguientes actuaciones:

  • Declaración oficial de principios y compromiso de erradicación.
  • Difusión del protocolo por correo corporativo y publicación en la web municipal para su descarga.
  • Documentos divulgativos y manuales de acogida.
  • Sesiones informativas y campañas específicas sobre derechos, deberes, sanciones y medidas cautelares.
  • Formación específica para quienes intervienen en el procedimiento y para mandos intermedios y jefaturas de servicio, dentro del Plan de Igualdad.

Procedimiento y figuras garantes

La Asesoría Confidencial, integrada por un mínimo de dos personas designadas por la Presidencia de la Comisión de Igualdad, recibe las denuncias, las analiza y decide si no las admite, abre la vía informal o activa la formal. Las denuncias pueden ser verbales o escritas —la verbal debe ratificarse por escrito— y no se admiten las anónimas. Están legitimados la persona presuntamente acosada o su representante legal, la representación sindical con autorización previa y cualquier empleado público de forma motivada, con ratificación de la víctima.

El Comité de Asesoramiento tramita la vía formal y está compuesto por dos técnicos del Servicio de Prevención y Salud Laboral, una persona de la Asesoría Confidencial, un abogado de la Asesoría Jurídica y un psicólogo del Servicio de Igualdad, pudiendo sumarse profesionales del Centro de la Mujer de Almadén. Se garantizan confidencialidad —cada denuncia se identifica con un código numérico—, respeto, diligencia, imparcialidad, prohibición de represalias y buena fe. Las partes disponen de un plazo máximo de cinco días laborables para presentar alegaciones.

Cierre

El protocolo se somete a seguimiento anual mediante memoria de la Asesoría Confidencial ante Relaciones Laborales y la Comisión de Igualdad, con evaluación tras las tres primeras denuncias o al año de su implantación, y tiene un periodo de vigencia de cuatro años desde su aprobación. Con esta publicación, el pequeño consistorio ciudadrealeño dota a su plantilla de un cauce reglado y confidencial para denunciar conductas de acoso, un marco que hasta ahora dependía de la normativa general y que ahora fija órganos, plazos y garantías concretas.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, número 214, 5 de noviembre de 2026, Administración Local — Ayuntamientos, págs. 10426-10437 (referencia oficial: anuncio número 3567, CVE mJWNSPxWD579f0F2K8sV).