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BOP de Guadalajara · 22 Sep 2026 · 3 vistas

Guadalajara subvenciona con hasta 7.000 euros cada inserción laboral de colectivos desfavorecidos

Por FactBox Admin

Guadalajara subvenciona con hasta 7.000 euros cada inserción laboral de colectivos desfavorecidos

El Ayuntamiento de Guadalajara ha convocado subvenciones para el fomento del empleo y la inserción laboral de colectivos desfavorecidos, con ayudas de hasta 7.000 euros por cada inserción a tiempo completo. El extracto de la convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 180, correspondiente al martes 22 de septiembre de 2026, con el identificador BDSN: 928532. Las entidades interesadas disponen de diez días naturales desde esa publicación para presentar su solicitud.

La convocatoria se ampara en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que obliga a publicar un extracto de las convocatorias cuyo texto completo se difunde a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El texto íntegro puede consultarse en la web municipal y en la sede electrónica del Ayuntamiento, mientras que las bases reguladoras aplicables son la propia Ley 38/2003 y la Ordenanza General de Subvenciones Públicas del Ayuntamiento de Guadalajara y sus organismos autónomos, publicada en el BOP número 32, del lunes 14 de marzo de 2016.

Objeto: empleo local e inclusión de personas vulnerables

La convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para el fomento del empleo local y facilitar la inclusión en el mercado de trabajo de personas especialmente vulnerables. Las actuaciones subvencionables contemplan iniciativas de información, orientación e inserción laboral.

El fin declarado es acompañar a las personas desempleadas en riesgo o en situación de emergencia social a lo largo de los procesos de inserción laboral, mediante el respaldo económico a las entidades que desarrollan ese trabajo sobre el terreno.

Requisitos: entidades sin ánimo de lucro con acuerdo previo

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las entidades sin ánimo de lucro que cumplan estas condiciones:

  • Tener suscrito, con carácter previo a la publicación de la convocatoria, un Acuerdo de Colaboración con el Ayuntamiento de Guadalajara para la promoción del empleo de personas en riesgo o en situación de emergencia social.
  • Acreditar experiencia en acciones dirigidas al acompañamiento de personas desempleadas en procesos de inserción laboral.
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias excluyentes previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuantías: 7.000 euros por inserción y 3.000 para orientación

La cuantía de la subvención se articula en dos tramos:

  • Por cada inserción laboral a tiempo completo, un máximo de 7.000,00 euros, o la cantidad proporcional a la jornada parcial en función del número de horas, sin que esta pueda ser inferior al 50%.
  • Por las acciones descritas en las bases cuarta b) y c), un máximo de 3.000,00 euros, en relación con el número de inserciones previstas y con el límite del 5% del importe total de la subvención que correspondiera por contrataciones.

La resolución de concesión o denegación corresponderá al titular de la Concejalía con competencias en materia de Empleo.

Diez días naturales para solicitar por sede electrónica

Las solicitudes deberán presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Guadalajara en los diez días naturales siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, esto es, hasta el 2 de octubre de 2026. El extracto está firmado en Guadalajara el 17 de septiembre de 2026 por la Concejal Delegada de Empleo, María Begoña García Valbuena, y cuenta con el código de verificación 969ea3fa3ddb9661f7c44d36d91f443ee29fa29b.

La convocatoria llega en un contexto de atención municipal sostenida al empleo de los colectivos con mayores dificultades de acceso al mercado laboral, y refuerza el papel de las entidades del tercer sector como intermediarias en esos itinerarios. Para las organizaciones sociales de la ciudad, el plazo de diez días naturales es el dato operativo más relevante: quien no tenga ya formalizado el Acuerdo de Colaboración con el Ayuntamiento de Guadalajara queda fuera de la convocatoria, y quien lo tenga deberá reunir en poco más de una semana la documentación acreditativa de su experiencia y de las inserciones previstas.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 180, martes 22 de septiembre de 2026, sección I (AYUNTAMIENTOS), pág. 1-2 (referencia oficial: BDSN: 928532).