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BOP de Guadalajara · 18 Aug 2026 · 7 vistas

Guadalajara aprueba ordenanza de convivencia con multas de hasta 3.000 euros

Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Guadalajara aprobó inicialmente, en sesión ordinaria celebrada el 31 de julio de 2026, la modificación de la Ordenanza de Medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Guadalajara. El acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 157, con fecha del 18 de agosto de 2026, bajo la referencia BOP-GU-2026-2193. La norma somete la modificación a un periodo de información pública de 30 días hábiles desde la publicación en el BOP, para que los interesados puedan consultar el expediente y presentar reclamaciones o sugerencias.

Marco normativo y antecedentes

La ordenanza se fundamenta en la potestad municipal de tipificar infracciones y sanciones establecida en los artículos 139 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Tiene por objeto preservar el espacio público como lugar de convivencia y civismo, donde todas las personas puedan ejercer su libertad de circulación, ocio y recreo con pleno respeto a los derechos ajenos. La modificación actualiza y cohesionara ordenanzas municipales anteriores, entre ellas la de Uso de los Parques y Jardines de 1985, la de Protección contra Ruidos y Vibraciones de 1993 y la de Limpieza Viaria del año 2004. La norma fue firmada por la Alcaldesa Presidenta, Ana Cristina Guarinos López, el 14 de agosto de 2026.

Conductas prohibidas y ámbito de aplicación

La ordenanza abarca un amplio catálogo de conductas que alteran la convivencia en la vía pública. Entre ellas se incluyen:

  • Grafitis, pintadas y degradación visual: prohibición total de inscripciones en bienes públicos y privados visibles, con excepción de murales artísticos autorizados.
  • Consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos, regulado con medidas de restricción para evitar molestias a la vecindad.
  • Mendicidad organizada o agresiva: prohíbe las conductas de acoso bajo apariencia de mendicidad, incluida la que emplee a menores como reclamo.
  • Ruidos y conductas perturbadoras: regulación del uso del espacio público para evitar molestias innecesarias a los vecinos.
  • Vandalismo y deterioro del mobiliario urbano: protección activa del patrimonio y los servicios públicos.
  • Acoso y atentados contra la dignidad: conductas discriminatorias por motivos racistas, sexistas, homófobos o de cualquier otra condición.

Régimen sancionador: multas de hasta 3.000 euros

La modificación introduce un sistema escalonado de sanciones económicas, organizado en tres niveles:

  • Infracciones leves: multa de hasta 750 euros, aplicable a la mayoría de conductas incívicas en espacios públicos.
  • Infracciones graves: multa de 750,01 a 1.500 euros, en casos como grafitis en transporte público, fachadas colindantes o acoso a menores por grupos.
  • Infracciones muy graves: multa de 1.500,01 a 3.000 euros, reservada a conductas que ataquen monumentos o edificios catalogados o protegidos.

Acceso al expediente y consulta pública

El expediente completo de la modificación se encuentra a disposición de los interesados en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Guadalajara, situado en la Plaza Mayor nº 7, en horario de 9:00 a 14:00 horas. Asimismo, el texto íntegro está disponible en el tablón de anuncios de la web municipal. Transcurridos los 30 días hábiles sin reclamaciones, el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. Una vez elevado a definitivo, se publicará el texto íntegro modificado en el BOP, entrando en vigor tras el plazo previsto en el Artículo 65.2 de la Ley 7/1985.

Relevancia para la ciudadanía

La aprobación de esta ordenanza supone una revisión integral de las normas de convivencia en Guadalajara, adaptándolas a las nuevas realidades urbanas que afectan a cualquier gran ciudad europea. Su alcance transversal afecta directamente a todos los vecinos, comerciantes y visitantes del término municipal, estableciendo un marco más claro de derechos y deberes en el espacio público, con herramientas sancionadoras reforzadas para hacer frente a conductas que degradan la calidad de vida urbana.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 157, 18 de agosto de 2026, sección Ayuntamientos (referencia oficial: BOP-GU-2026-2193).