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BOP de Granada · 30 Sep 2026 · 18 vistas

Granada convoca becas de 650 euros para madres estudiantes del curso 2026-2027

Por FactBox Admin

Granada convoca becas de 650 euros para madres estudiantes del curso 2026-2027

El Ayuntamiento de Granada ha convocado las Becas para Madres Estudiantes del curso 2026-2027, dotadas con 650 euros por beneficiaria en un único abono. La convocatoria se aprobó mediante acuerdo núm. 2026/000705 de la Junta de Gobierno Local de 11 de septiembre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 189, de 30 de septiembre de 2026, con un plazo de presentación de solicitudes de 15 días hábiles.

Bases y marco normativo

Las ayudas se rigen por las bases aprobadas por acuerdo del Pleno de 31 de julio de 2026, núm. 2026000284, y por la Ordenanza General Reguladora de la concesión de Subvenciones de 4 de mayo de 2021, publicada en el BOP núm. 83. La iniciativa corresponde a la Concejalía de Educación, Empleo e Igualdad y se concede en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a los presupuestos de esa Concejalía y limitada a la disponibilidad presupuestaria existente.

El extracto de la convocatoria se publica conforme a los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (identificador 931783). Las bases aparecen firmadas por Encarnación González Fernández, concejala delegada de Educación, Empleo e Igualdad, en Granada a 28 de septiembre de 2026.

Requisitos de las solicitantes

  • Ser madre de un hijo o hija menor de 10 años a fecha de 31 de diciembre de 2026.
  • Estar empadronada en el municipio de Granada con una antelación de seis meses respecto a la fecha de finalización del plazo de solicitud.
  • Cursar formación reglada de bachillerato, formación profesional, estudios universitarios o escuela oficial de idiomas, en centros públicos o privados con reconocimiento oficial, incluida la modalidad presencial, semipresencial, online o a distancia.
  • O bien cursar formación no reglada reconocida y homologada por una administración pública, presencial, con acreditación de asistencia y aprovechamiento y una duración mínima de 250 horas o su equivalencia en créditos ECTS.
  • Estar matriculada antes de la apertura del plazo de solicitud y ser titular de una cuenta bancaria.

No podrán ser beneficiarias quienes ya obtuvieran la beca en la modalidad de formación no reglada de los Planes Educativos para el Fomento de la Ciudadanía en la convocatoria inmediatamente anterior, ni quienes tengan justificaciones pendientes de subvenciones municipales, ni quienes incurran en las circunstancias del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Cuantía y criterios de valoración

Cada beca asciende a 650 euros, importe igual para todas las beneficiarias y abonado en un pago único referido al curso 2026-2027. En la modalidad de formación no reglada, el abono queda condicionado a la existencia de un certificado de asistencia y aprovechamiento emitido por el centro educativo.

Las solicitudes se valoran sobre un máximo de 25 puntos: hasta 20 por criterios familiares y hasta 5 por criterios económicos.

  • Edad de la solicitante: 5 puntos para menores de 20 años; 4 de 21 a 24; 3 de 25 a 29; 2 de 30 a 34; 1 a partir de 35 años.
  • Menores de edad en la unidad familiar: 2 puntos por uno, 4 por dos y 5 por tres o más.
  • Discapacidad igual o superior al 33% en la unidad familiar: 2 puntos.
  • Reconocimiento como persona cuidadora no profesional: 2 puntos.
  • Unidad familiar monomarental: 5 puntos.
  • Condición acreditada de víctima de violencia de género: 1 punto.
  • Renta anual de la unidad familiar: 5 puntos hasta 18.000 euros; 2 entre 18.001 y 24.000; 1 entre 24.001 y 30.000; 0 si no se acredita.

Plazo, presentación y comisión de valoración

El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Las bases aprobadas por el Pleno fijan, en cambio, 15 días naturales, por lo que el cómputo aplicable es el del extracto publicado.

Las solicitudes se presentan mediante instancia oficial en la Sede Electrónica Municipal (www.granada.org/sedeelectronica.nsf) y, para quienes no estén obligados a relacionarse electrónicamente, también en el Registro General del Ayuntamiento o en los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

La comisión de valoración estará presidida por la concejala delegada de Educación, Empleo e Igualdad e integrada por la Jefatura del Servicio de Igualdad, un representante del Consejo Municipal de la Mujer y un agente para la igualdad, que ejercerá la secretaría.

La convocatoria llega con el curso ya iniciado y con el plazo corriendo desde el día siguiente a la publicación, de modo que las interesadas disponen de unas tres semanas para reunir la matrícula, el certificado de empadronamiento y la documentación de renta. Para las madres que compaginan estudios y crianza, la ayuda supone un apoyo directo de 650 euros, aunque su concesión queda supeditada al crédito disponible y a la puntuación obtenida en la baremación.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada, núm. 189, de 30 de septiembre de 2026, sección I, págs. 219-224 (referencias oficiales: BOP-GRA-2026-189011 y BOP-GRA-2026-189012).