BOP de Granada · 02 Oct 2026 · 18 vistas
Granada convoca 155.843 euros en subvenciones para entidades sociales de la capital
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Granada ha convocado 155.843,30 euros en subvenciones para asociaciones y entidades sociales sin ánimo de lucro de la capital, destinadas a proyectos de envejecimiento activo, inclusión social, discapacidad y prevención de adicciones. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 191, de 2 de octubre de 2026, mediante extracto de la Resolución de 29 de septiembre de 2026 de la Alcaldía (referencia oficial BOP-GRA-2026-191014). Las entidades interesadas dispondrán de 10 días hábiles para presentar sus solicitudes y podrán obtener hasta 8.500 euros por proyecto.
La convocatoria corresponde a la Concejalía de Política Social, Familia, Discapacidad y Mayores y se tramita en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2026, con número de identificación 932576 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). El extracto se publica al amparo de los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su texto completo puede consultarse en la BDNS.
El marco regulador es la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Granada, publicada en el BOP núm. 83, de 4 de mayo de 2021. La convocatoria se articula en cuatro ámbitos de actuación correspondientes a las Líneas 4, 7 y 9 del Plan Estratégico de Subvenciones, y cada entidad podrá concurrir con un único proyecto y en un único ámbito.
Reparto del presupuesto por líneas de actuación
- Proyectos de inclusión social de personas vulnerables o colectivos con especiales dificultades (Línea 7): 60.843,30 euros.
- Proyectos dirigidos al colectivo de personas con discapacidad (Línea 7): 57.000,00 euros.
- Proyectos de envejecimiento activo de personas mayores (Línea 4): 30.000,00 euros.
- Proyectos de prevención de adicciones con y sin sustancia (Línea 9): 8.000,00 euros.
La cuantía individualizada se determinará en función de la puntuación obtenida conforme a los criterios de valoración, sin que en ningún caso pueda superar el importe solicitado ni el coste de los gastos debidamente justificados. Si tras la valoración de las solicitudes quedara presupuesto disponible en un ámbito por no alcanzar los requisitos técnicos, el saldo podrá destinarse a los proyectos mejor puntuados y más acordes a los objetivos de la convocatoria.
Requisitos y plazo de presentación
Podrán concurrir asociaciones y entidades sociales sin ánimo de lucro con implantación municipal que dispongan de sede social, delegación permanente o sucursal operativa en el municipio de Granada con una antelación mínima de un año respecto a la fecha de finalización del plazo de solicitudes. Deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones y/o en el Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunidad de Andalucía, así como en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Granada, con al menos un año de antigüedad.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Granada, suscritas por quien ostente la representación legal de la entidad, según el modelo 1 de la Concejalía. El plazo de presentación es de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOP. Los formularios pueden obtenerse en la web municipal www.granada.org.
Gastos subvencionables y forma de pago
Serán subvencionables los gastos originados directamente por el desarrollo y ejecución de los programas, con facturas fechadas dentro del periodo de ejecución:
- Equipamiento y material no inventariable destinado a las actividades.
- Prestaciones de servicio de empresas y profesionales independientes, con el límite del 50%.
- Retribuciones de personal derivadas directamente de los programas.
- Trabajo voluntario no remunerado, con el límite del 20% del coste total.
- Otros bienes no inventariables.
Se podrá imputar hasta un 10% a costes indirectos y la subvención no podrá exceder del 70% del coste total del proyecto, quedando el 30% restante a cargo de la entidad solicitante con recursos propios. El pago se efectuará en dos fases: un primer anticipo del 70% de lo concedido, una vez otorgada la ayuda y según las disponibilidades de la Tesorería Municipal, y un segundo pago del 30% restante tras aprobarse la justificación de la totalidad del proyecto.
La convocatoria moviliza algo más de 155.000 euros para el tejido asociativo de la capital en un contexto de atención a mayores, personas con discapacidad y colectivos en riesgo de exclusión. El reparto por líneas y el límite de 8.500 euros por solicitud condicionan el alcance de los programas que podrán ejecutarse durante el ejercicio 2026.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada, núm. 191, de 2 de octubre de 2026, Administración Local, págs. 55-58 (referencia oficial: BOP-GRA-2026-191014).