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Diário da República · 03 Nov 2026 · 6 vistas

Gobierno crea régimen del sistema científico con tipología funcional y nueva financiación

Por FactBox Admin

Governo cria regime do sistema científico com tipologia funcional e novo financiamento

El Gobierno aprobó el Decreto-Ley n.º 210/2026, de 3 de noviembre, que establece el régimen jurídico del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), define su organización, entidades, estructuras y redes y fija los principios generales del acceso a la financiación pública. El diploma fue publicado en el Diario de la República, 1.ª serie, n.º 213, de 3 de noviembre de 2026, en la Presidencia del Consejo de Ministros, y entra en vigor el 1 de enero de 2027.

El decreto-ley fue aprobado en el Consejo de Ministros del 9 de septiembre de 2026, promulgado por el Presidente de la República, António José Martins Seguro, el 23 de octubre y refrendado por el Primer Ministro, Luís Montenegro, el 26 de octubre; el texto también está firmado por Joaquim Miranda Sarmento, Manuel Castro Almeida y Fernando Alexandre. El preámbulo asume el objetivo de alcanzar, para 2030, el 3 % del producto interno bruto en inversión pública y privada en investigación y desarrollo, en un marco marcado por la fragmentación institucional y de los instrumentos de financiación.

El texto sucede al Decreto-Ley n.º 63/2019, de 16 de mayo, y al Decreto-Ley n.º 126-B/2021, de 31 de diciembre, ambos derogados, y resulta del informe de un grupo de trabajo de 17 personalidades creado por la Orden n.º 11412-A/2025, publicada en la 2.ª serie, n.º 186, de 26 de septiembre de 2025. La gestión del sistema pasa a corresponder a la Agencia para la Investigación e Innovación, E. P. E. (AI², E. P. E.), creada por el Decreto-Ley n.º 132/2025, de 24 de diciembre, mediante la transformación de la Agencia Nacional de Innovación, S. A., y la fusión de la Fundación para la Ciencia y la Tecnología, I. P.

Fueron escuchados, entre otros, la Academia de las Ciencias de Lisboa, la Alianza Portuguesa de Centros de Tecnología e Innovación, la Asociación Nacional de Investigadores en Ciencia y Tecnología, la Asociación Portuguesa de la Enseñanza Superior Privada, la Comisión Nacional de Protección de Datos, el Consejo Coordinador de los Institutos Superiores Politécnicos, el Consejo de Rectores de las Universidades Portuguesas, el Consejo de los Laboratorios Asociados, el Consejo de los Laboratorios del Estado, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, la COTEC Portugal, el Foro de los Laboratorios Colaborativos y la Startup Portugal; se promovió la audiencia de la CIP — Confederación Empresarial de Portugal.

Dos tipologías funcionales e infraestructuras estratégicas

El régimen abandona la organización basada únicamente en tipologías institucionales y pasa a clasificar las entidades, estructuras y redes en dos tipologías funcionales, definidas por las atribuciones y funciones efectivamente desempeñadas: entidades de investigación científica y entidades de desarrollo, tecnología e innovación. El reconocimiento, la acreditación y la evaluación pasan a competir a la AI², E. P. E., mediante solicitud de las entidades interesadas.

El SNCTI integra instituciones de enseñanza superior, unidades de investigación y desarrollo, instituciones científicas privadas sin fines de lucro, laboratorios asociados, centros de interfaz —incluyendo laboratorios colaborativos y centros de tecnología e innovación—, redes y consorcios, laboratorios del Estado, centros académicos clínicos, empresas con actividades de I+I y otras entidades públicas. Las infraestructuras estratégicas nacionales quedan sujetas a acceso abierto y compartido, pudiendo ser de naturaleza científica o tecnológica —como zonas libres tecnológicas, test beds, living labs y polos de innovación digital—.

Tres modalidades de financiación y evaluación independiente

El diploma distingue y articula tres modalidades de apoyo público, que deben ser complementarias y previsibles:

  • Financiación estructural competitiva para entidades de investigación científica y para entidades de desarrollo, tecnología e innovación.
  • Financiación competitiva de programas y proyectos, orientada a la excelencia y a prioridades estratégicas.
  • Financiación para infraestructuras estratégicas nacionales, cubriendo operación, mantenimiento y modernización.

La valoración de las solicitudes corresponde a comisiones de evaluación designadas por las entidades financiadoras y constituidas mayoritariamente por personalidades independientes; los resultados, valoraciones y recomendaciones son públicos. La asignación se formaliza mediante contrato-programa, con monto, obligaciones de reporte y plazos, y puede ser objeto de reevaluación, suspensión o cese. Son entidades financiadoras, designadamente, la AI², E. P. E., el IAPMEI, I. P., el Banco Português de Fomento, S. A., la Agência para o Investimento e Comércio Externo de Portugal, E. P. E., las comisiones de coordinación y desarrollo regional y la Comisión Europea.

Consejo consultivo, ciencia abierta e integridad

El Conselho Nacional de Ciência, Tecnologia e Inovação se mantiene como órgano consultivo del Gobierno, presidido por una personalidad de reconocido mérito y compuesto por el presidente del consejo de administración de la AI², E. P. E., por el presidente del IAPMEI, I. P. y por hasta 20 personalidades, designadas por decreto del Primer Ministro y sin derecho a remuneración.

El régimen consagra el principio de la ciencia abierta —acceso a publicaciones, datos y resultados financiados con recursos públicos—, exige planes institucionales de integridad y seguridad en la investigación y responsabiliza a investigadores e instituciones por el uso de sistemas de inteligencia artificial, con una definición expresa de mala conducta científica. La Academia das Ciências de Lisboa y Ciência Viva integran el sistema con estatuto propio.

Continuidad y entrada en vigor

Las entidades que ya integraban el SNCTI mantienen su reconocimiento, misión y atribuciones, y los contratos-programa en ejecución permanecen eficaces hasta el fin de su respectiva vigencia. Los centros de tecnología e innovación reconocidos al amparo del Decreto-Lei n.º 126-B/2021 conservan el estatuto de utilidad pública.

El nuevo régimen afecta directamente a universidades, laboratorios y centros de investigación, que pasan a ser evaluados y financiados en función de las funciones que ejercen y de los resultados e impactos demostrados, y no solo de la naturaleza jurídica de la institución. La entrada en vigor el 1 de enero de 2027 otorga a las entidades el primer semestre para preparar las candidaturas al nuevo modelo.


Fuente: Diário da República, 1.ª série, n.º 213, de 3 de noviembre de 2026, Presidência do Conselho de Ministros (referencia oficial: Decreto-Lei n.º 210/2026, de 3 de noviembre).