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Diário da República · 03 Sep 2026 · 2 vistas

El Gobierno amplía la prohibición de teléfonos móviles a los alumnos de 3.º ciclo

Por FactBox Admin

El Gobierno ha ampliado a los alumnos del 3.º ciclo de la enseñanza básica la prohibición de utilizar teléfonos móviles y otros equipos electrónicos de comunicación móvil con acceso a Internet en el contexto escolar. La medida consta del Decreto-Ley n.º 176/2026, de 3 de septiembre, publicado en la 1.ª serie del Diário da República, n.º 171, y entra en vigor al día siguiente de su publicación.

El diploma procede a la primera modificación del Decreto-Ley n.º 95/2025, de 14 de agosto, que ya restringía el uso de estos aparatos por parte de los alumnos de 1.º y 2.º ciclo. Con la nueva norma, el régimen pasa a abarcar los tres ciclos de la enseñanza básica, siguiendo una lógica de aplicación uniforme de las reglas en las escuelas de todo el territorio nacional.

Ámbito y excepciones

La restricción se aplica a los teléfonos móviles, vulgarmente denominados smartphones, y a cualquier otro aparato electrónico de comunicación móvil con acceso a Internet. El régimen contempla, sin embargo, un conjunto de excepciones expresamente delimitadas que permiten la utilización de estos equipos en situaciones debidamente justificadas:

  • razones pedagógicas, de salud o de traducción, siempre que estén previamente autorizadas por un docente responsable o por el responsable de la actividad;
  • alumnos en régimen de internado, en el periodo no lectivo, en horarios y espacios definidos por las direcciones de los establecimientos de enseñanza.

La norma salvaguarda además la autonomía pedagógica de las escuelas en la organización del día a día educativo.

Marco y antecedentes

El diploma se inserta en una orientación normativa más amplia de protección de los niños y jóvenes en el entorno digital, que prevé la fijación de una edad mínima digital de 16 años para el acceso autónomo a plataformas, servicios, juegos y aplicaciones, así como la sujeción del acceso entre los 13 y los 16 años al consentimiento parental expreso y verificado. A nivel de la Unión Europea, se han venido desarrollando orientaciones y soluciones técnicas de verificación de edad en el marco del Reglamento de Servicios Digitales y de la Cartera Europea de Identidad Digital.

El Gobierno justifica la extensión debido a la elevada adhesión de las escuelas a las medidas ya en vigor y a la evidencia científica sobre los beneficios de una utilización más limitada y regulada de la tecnología en edad escolar, señalando impactos en la concentración, la socialización y el bienestar de los alumnos.

Calendario de aplicación

El Decreto-Ley n.º 176/2026 fue aprobado en Consejo de Ministros el 30 de julio de 2026, promulgado el 28 de agosto y refrendado el 31 de agosto. Los reglamentos internos de los establecimientos escolares deben adaptarse al nuevo régimen antes del 1 de enero de 2027.

La medida fue firmada por el Primer Ministro, Luís Montenegro, y por el Ministro de Educación, Ciencia e Innovación, Fernando Alexandre, habiendo sido promulgada por el Presidente de la República, António José Martins Seguro.

Impacto

Con la entrada en vigor de la norma, las familias, los alumnos y las escuelas de todo el país pasan a regirse por un marco común de restricción del uso de teléfonos móviles en el contexto escolar, abarcando ahora la totalidad de la enseñanza básica. La medida refuerza el papel preventivo de la escuela en la reducción de la exposición precoz y excesiva de niños y jóvenes a entornos digitales potencialmente perjudiciales para su desarrollo.


Fuente: Diário da República, 1.ª série, n.º 171, 3 de septiembre de 2026 (referencia oficial: Decreto-Lei n.º 176/2026).