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Diario Oficial (Colombia) · 02 Sep 2026 · 1 vistas

Gobierno ordena la entrega de cuatro extraditados a Estados Unidos

Por FactBox Admin

El Gobierno nacional ordenó la entrega a los Estados Unidos de cuatro ciudadanos colombianos cuya extradición había sido concedida pero cuya entrega permanecía suspendida por su participación en los procesos de la denominada Paz Total. La decisión se adoptó mediante las Resoluciones Ejecutivas 351, 352, 353 y 354 de 2026, firmadas el 2 de septiembre de 2026 y publicadas en el Diario Oficial número 53.613 de esa misma fecha.

Las cuatro resoluciones, expedidas por el Presidente de la República en ejercicio del artículo 491 de la Ley 906 de 2004, fueron suscritas por el Ministro de Justicia y del Derecho, Iván Alfonso Cancino González, y llevan la firma del jefe de Estado, Abelardo de la Espriella. En todos los casos el Ejecutivo consideró que habían cesado las circunstancias que justificaron la suspensión temporal de la entrega, al no acreditarse aportes verificables y resultados concretos de los requeridos al proceso de paz.

Los cuatro extraditados

  • Willinton Henao Gutiérrez (cédula 17775024), extradición concedida por la Resolución Ejecutiva 186 de 2025; comparecerá por concierto para distribuir e importar sustancias controladas y lavado de dinero, en el caso 23-20070-CR-MORENO/GOODMAN de la Corte Distrital del Distrito Sur de Florida.
  • Geovany Andrés Rojas (cédula 18188904), extradición concedida por la Resolución Ejecutiva 421 de 2025; responderá por concierto para distribuir cocaína y narcoterrorismo, en el caso 25CR0442-H de la Corte Distrital del Distrito Sur de California.
  • Carmen Evelio Castillo Carrillo (cédula 7603535), extradición concedida por la Resolución Ejecutiva 210 de 2025 por asociación delictuosa y fabricación y distribución de cocaína, en el caso 4:24-CR-71 de la Corte Distrital del Distrito Este de Texas.
  • Fredy Castillo Carrillo (cédula 7632191), extradición concedida por la Resolución Ejecutiva 251 de 2025 por los mismos cargos y ante la misma corte texana.

Revocatoria de negociadores y fin de las mesas

La entrega de los cuatro estaba condicionada a que contribuyeran con aportes verificables a la Paz Total, en el marco de la Ley 2272 de 2022, como negociadores en distintas mesas de diálogo. La Oficina del Consejero Comisionado para la Paz informó el 24 de agosto de 2026 que no se acreditaban resultados concretos atribuibles a su participación.

En consecuencia, el Gobierno revocó su reconocimiento como miembros representantes mediante las Resoluciones Ejecutivas 342, 345 y 348 de 2026 y terminó las mesas de diálogo con las Resoluciones 343, 346 y 349 de 2026, correspondientes al Estado Mayor de los Bloques Magdalena Medio Comandante Gentil Duarte, la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) y las Autodefensas Conquistadores de la Sierra Nevada (ACSN).

Condiciones de la entrega

Las entregas se harán efectivas una vez se verifique el cumplimiento de los condicionamientos impuestos al Estado requirente: los extraditados no serán sometidos a desaparición forzada, tortura, penas crueles, destierro, prisión perpetua ni confiscación, y deberán retornar a Colombia al cumplirse la condena para comparecer en los procesos penales que cursan en su contra. En el caso de Fredy Castillo Carrillo, que no se encuentra privado de la libertad, la entrega se hará efectiva una vez se materialice su captura.

La decisión no modifica la concesión de la extradición, sino que hace efectiva la entrega previamente acordada, y no impide que las autoridades colombianas continúen las actuaciones penales contra los requeridos. La medida supone un giro en la política de Paz Total, al levantar la suspensión de entregas que había sido otorgada a cambio de aportes al proceso de diálogo, y refuerza la cooperación judicial transnacional con los Estados Unidos en materia de narcotráfico y lavado de activos.


Fuente: Diario Oficial de la República de Colombia, edición 53.613, miércoles 2 de septiembre de 2026, Ministerio de Justicia y del Derecho, págs. 1-6 (referencia oficial: Resoluciones Ejecutivas 351, 352, 353 y 354 de 2026).