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Diario Oficial El Peruano · 09 Sep 2026 · 1 vistas

Gobierno declara en reorganización al Ministerio de Salud por 90 días

Por FactBox Admin

Gobierno declara en reorganización al Ministerio de Salud por 90 días

El Poder Ejecutivo declaró en reorganización al Ministerio de Salud (Minsa) por un plazo de 90 días calendario, con el objeto de evaluar su situación administrativa, organizacional y de gestión y proponer las acciones y medidas de reforma que correspondan. La medida fue adoptada mediante el Decreto Supremo N° 014-2026-SA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 9 de setiembre de 2026, y refrendado por la presidenta de la República, Keiko Sofía Fujimori Higuchi, y el ministro de Salud, Luis Williams Dyer Fernández.

La norma se sustenta en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud. El Ejecutivo advierte que, a partir de la transferencia de gestión y de las primeras acciones del nuevo titular del sector, se han identificado limitaciones, brechas y deficiencias de carácter organizacional y funcional que inciden en la articulación entre las unidades del Minsa, sus programas y sus organismos públicos adscritos.

Alcance de la reorganización

La declaración alcanza a todo el Sector Salud, que conforme al artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161 está conformado por el Minsa, las entidades adscritas y las instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local vinculadas a sus competencias. El objetivo es revisar integralmente la organización y funcionamiento para identificar y corregir duplicidades, superposiciones, vacíos o fragmentación de funciones, y adecuar la estructura a las necesidades actuales del sector.

La medida busca fortalecer la rectoría del ministerio y orientar los recursos al cumplimiento de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”, garantizando el acceso de la población a servicios integrales de salud de calidad y el ejercicio efectivo del derecho a la salud. Las competencias del sector abarcan, entre otras:

  • Salud de las Personas y aseguramiento en salud.
  • Epidemias y emergencias sanitarias.
  • Salud ambiental e inocuidad alimentaria.
  • Inteligencia sanitaria.
  • Productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos farmacéuticos.
  • Recursos humanos en salud.
  • Infraestructura y equipamiento en salud.
  • Investigación y tecnologías en salud.

Plazos y hoja de ruta

El decreto fija un cronograma de trabajo a cargo de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, que deberá presentar al Despacho Ministerial:

  • Dentro de los 60 días calendario de emitida la norma, un informe con el análisis de la situación administrativa, organizacional y de gestión.
  • Dentro de los 90 días calendario, un informe que detalle las medidas de reforma a aplicar y la propuesta de una nueva estructura orgánica.

Las conclusiones y recomendaciones de ambos informes deben ser previamente consensuadas con los órganos de Alta Dirección. Las unidades de organización del Minsa, así como sus programas y organismos públicos adscritos, quedan obligados a brindar asistencia técnica y respuesta oportuna a los requerimientos que curse la Oficina de Organización y Modernización.

Financiamiento y publicación

La implementación de la reorganización se financia con cargo al presupuesto institucional del Minsa, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. El decreto fue publicado en la Plataforma Digital Única del Estado (www.gob.pe) y en la sede digital del ministerio (www.gob.pe/minsa) el mismo día de su publicación en el diario oficial, y fue dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el 8 de setiembre de 2026.

La reorganización del Minsa es una de las medidas de mayor alcance del sector en el presente año, pues afecta a la totalidad de los servicios de salud que dependen del Estado y a los ciudadanos que los utilizan. El resultado de la revisión, que deberá concretarse en una nueva estructura orgánica en un plazo de tres meses, definirá la capacidad del sistema para responder de manera oportuna a las necesidades de la población y cerrar las brechas institucionales identificadas.


Fuente: Diario Oficial El Peruano, Año XLIII - Nº 19509, miércoles 9 de setiembre de 2026, sección Normas Legales, Poder Ejecutivo - Salud, pág. 12 (referencia oficial: Decreto Supremo N° 014-2026-SA).