BOP de Girona · 05 Oct 2026 · 20 vistas
Girona revoca los umbrales de gratuidad de la dejalleria municipal
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Girona ha estimado parcialmente el recurso de reposición presentado por el Grupo Municipal del Partido Socialista de Catalunya contra la modificación del precio público por la prestación de servicios de gestión de residuos municipales y ha revocado los umbrales de gratuidad aplicables a los usuarios particulares del punto limpio municipal. El acuerdo de Pleno número 2026036155, de 14 de septiembre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 191, de 5 de octubre de 2026, con la referencia oficial BOP-2026_0_191_8440 (edicto 8440, pág. 1-9).
El expediente 2026023277 resuelve un recurso en el que el Pleno considera que existe una contradicción entre el texto regulador de los precios públicos y el Anexo 1 de la Ordenanza de gestión de residuos municipales, contradicción que podía conducir a «una situación de incertidumbre sobre los límites máximos de gratuidad vigentes» y, por tanto, sobre el criterio de aplicación de los precios públicos por uso del punto limpio a los usuarios particulares. El acuerdo tiene cuatro puntos: estimar parcialmente el recurso, revocar parcialmente el texto regulador, publicar su texto refundido en el BOP y notificar la resolución a la Sra. Beatriz Esporrin Palacios (NIF ***6470), en nombre del grupo socialista en el Ayuntamiento de Girona. El documento aparece firmado por Lluc Salellas Vilar con fecha 18 de septiembre de 2026.
Una contradicción entre el precio público y la ordenanza
El texto refundido publicado mantiene que el uso del punto limpio municipal por parte de los usuarios domésticos tiene carácter gratuito dentro de los límites cuantitativos y cualitativos establecidos, dado que el coste del servicio ya está incluido en la tasa de residuos. Cuando los usuarios domésticos superen estos límites, se aplican los precios públicos adicionales previstos.
Los límites de gratuidad para los particulares quedan fijados, entre otros, en:
- Neumáticos de turismo: 5 unidades por año.
- Aceites vegetales no contaminados: 100 litros por mes.
- Escombros limpios y restos de construcción: 0,5 m³ por año.
- Fracción vegetal: 1 m³ por año.
- Residuos voluminosos: 2 m³ por año.
- Colchones: 4 unidades por año.
- Electrodomésticos con CFC: 3 unidades por año.
- Tubos fluorescentes y residuos con mercurio de origen doméstico: 20 unidades por año.
- Cosméticos, CDs y DVDs, ácidos, álcalis y plaguicidas: 2 kg por acceso y 10 kg por año.
Una vez superados estos umbrales, los precios adicionales incluyen 0,3 € por unidad de neumático de bicicleta, 3 € por neumático de turismo, 5 € por neumático de vehículo pesado, 50 € por tonelada de escombros limpios, 70 € por tonelada de fracción vegetal, 60 € por tonelada de voluminosos, 50 € por colchón y 30 € por tonelada de chatarra y metales.
Precios para las actividades comerciales
Las actividades económicas y los usuarios no domésticos quedan sujetos al pago de los precios públicos correspondientes, en aplicación del principio de quien contamina paga. Se fija un precio público por acceso de 15 € (IVA no incluido) para los pequeños productores comerciales asimilables a domésticos, importe que da derecho al depósito hasta los límites máximos de las tablas.
El texto refundido también regula la reposición de material de recogida selectiva: los elementos de identificación (tarjeta o llavero RFID) se entregan hasta un máximo de dos por vivienda y año sin coste, con un precio adicional de 2 € a partir de este límite. La reposición de cubos domiciliarios va de los 20 € a los 85 €, la de cubos comerciales de los 20 € a los 135 €, y la de contenedores de entre 800 y 1.100 litros es de 330 €.
Para los actos, fiestas y eventos, los lotes de cubos de cinco fracciones se facturan entre 630 € y 945 € por recogida, y los servicios de limpieza adicional por jornada oscilan entre 540 € y 900 € según la franja horaria y si es fin de semana.
Entrada en vigor y vía de recurso
El precio público entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y se mantiene vigente hasta su modificación o derogación. Contra la resolución, que es definitiva y pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sección contenciosa administrativa del Tribunal de Instancia de Girona en el término de dos meses a partir del día siguiente a la notificación.
La decisión afecta directamente a los vecinos de Girona que utilizan el punto limpio: aclara cuántos residuos pueden depositar gratuitamente cada año y con qué importes se penaliza el exceso, y elimina la inseguridad jurídica que el mismo Pleno reconoció al estimar el recurso del grupo socialista.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 191, 5 d’octubre de 2026, Administració local - Ajuntaments, pàg. 1-9 (referència oficial: BOP-2026_0_191_8440).