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Boletín Oficial del País Vasco · 11 Sep 2026 · 5 vistas

La Inspección de Trabajo de Gipuzkoa ha notificado el inicio de un procedimiento sancionador

Por FactBox Admin

Gipuzkoako Lan Ikuskaritzak zigor-prozedura baten hasiera jakinarazi du

La Inspección de Trabajo de Gipuzkoa ha comunicado mediante edicto el inicio de un procedimiento sancionador por infracciones del orden social y la propuesta de liquidación de cuotas de la Seguridad Social. La notificación se ha realizado a través del anuncio del 31 de agosto de 2026, y ha sido publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) en el ejemplar del 11 de septiembre de 2026, con la referencia oficial 2026/3869.

El anuncio ha sido firmado por Orreaga Zorrilla Berasategui, jefe de la Inspección de Trabajo de Gipuzkoa, y ha sido publicado según lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, al no haber sido posible notificarlo personalmente al interesado. El procedimiento se basa en el acta de referencia I202026000041766, que recoge las infracciones del orden social y la liquidación de cuotas de la Seguridad Social.

Contenido y plazos de la notificación

Los interesados deberán acudir a la Inspección de Trabajo de Gipuzkoa para conocer el contenido completo de la notificación, en la calle Urdaneta 7 – planta 1, Donostia / San Sebastián, de lunes a viernes, de 08:30 a 14:00. El plazo para ello es de 20 días naturales, a contar desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La notificación tendrá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el BOE, tal como establece la normativa del procedimiento administrativo común.

Anexo: datos del interesado

En el anexo del anuncio se incluyen los datos de identificación del interesado y la referencia del procedimiento:

  • DNI/NIF/NIE/Pasaporte: 49579842F
  • Referencia: I202026000041766
  • Provincia / unidad remitente: Gipuzkoa

Marco jurídico del procedimiento

La notificación se basa en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El primero permite la notificación mediante edicto cuando no sea posible notificar personalmente al interesado; el segundo, por su parte, establece la obligación de los interesados de comparecer ante el órgano para conocer el contenido completo del acta.

Este procedimiento sancionador combina las infracciones del orden social y la liquidación de cuotas de la Seguridad Social, y es resultado de las actuaciones realizadas por la Inspección de Trabajo dentro de sus competencias. Si el interesado no comparece en el plazo establecido, se considerará realizada la notificación y el procedimiento seguirá su curso.

Importancia

Esta notificación mediante edicto garantiza la transparencia de los procedimientos administrativos y la protección de los derechos de los interesados, incluso cuando la notificación personal sea imposible. Es importante para las empresas y trabajadores de Gipuzkoa, ya que el seguimiento de las actuaciones de la Inspección de Trabajo y el cumplimiento de los plazos tienen consecuencias jurídicas directas.


Fuente: Boletín Oficial del País Vasco, ejemplar del 11 de septiembre de 2026, sección I (referencia oficial: 2026/3869).