Boletín Oficial del País Vasco · 11 Sep 2026 · 5 vistas
La Inspección de Trabajo de Gipuzkoa ha notificado el inicio de un procedimiento sancionador
Por FactBox Admin

La Inspección de Trabajo de Gipuzkoa ha comunicado mediante edicto el inicio de un procedimiento sancionador por infracciones del orden social y la propuesta de liquidación de cuotas de la Seguridad Social. La notificación se ha realizado a través del anuncio del 31 de agosto de 2026, y ha sido publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) en el ejemplar del 11 de septiembre de 2026, con la referencia oficial 2026/3869.
El anuncio ha sido firmado por Orreaga Zorrilla Berasategui, jefe de la Inspección de Trabajo de Gipuzkoa, y ha sido publicado según lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, al no haber sido posible notificarlo personalmente al interesado. El procedimiento se basa en el acta de referencia I202026000041766, que recoge las infracciones del orden social y la liquidación de cuotas de la Seguridad Social.
Contenido y plazos de la notificación
Los interesados deberán acudir a la Inspección de Trabajo de Gipuzkoa para conocer el contenido completo de la notificación, en la calle Urdaneta 7 – planta 1, Donostia / San Sebastián, de lunes a viernes, de 08:30 a 14:00. El plazo para ello es de 20 días naturales, a contar desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La notificación tendrá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el BOE, tal como establece la normativa del procedimiento administrativo común.
Anexo: datos del interesado
En el anexo del anuncio se incluyen los datos de identificación del interesado y la referencia del procedimiento:
- DNI/NIF/NIE/Pasaporte: 49579842F
- Referencia: I202026000041766
- Provincia / unidad remitente: Gipuzkoa
Marco jurídico del procedimiento
La notificación se basa en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El primero permite la notificación mediante edicto cuando no sea posible notificar personalmente al interesado; el segundo, por su parte, establece la obligación de los interesados de comparecer ante el órgano para conocer el contenido completo del acta.
Este procedimiento sancionador combina las infracciones del orden social y la liquidación de cuotas de la Seguridad Social, y es resultado de las actuaciones realizadas por la Inspección de Trabajo dentro de sus competencias. Si el interesado no comparece en el plazo establecido, se considerará realizada la notificación y el procedimiento seguirá su curso.
Importancia
Esta notificación mediante edicto garantiza la transparencia de los procedimientos administrativos y la protección de los derechos de los interesados, incluso cuando la notificación personal sea imposible. Es importante para las empresas y trabajadores de Gipuzkoa, ya que el seguimiento de las actuaciones de la Inspección de Trabajo y el cumplimiento de los plazos tienen consecuencias jurídicas directas.
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco, ejemplar del 11 de septiembre de 2026, sección I (referencia oficial: 2026/3869).