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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 21 Sep 2026 · 3 vistas

Getafe abre ayudas de 425.000 euros para ascensores y rehabilitación energética

Por FactBox Admin

Getafe abre ayudas de 425.000 euros para ascensores y rehabilitación energética

El Ayuntamiento de Getafe ha abierto la convocatoria de subvenciones para actuaciones de accesibilidad y rehabilitación energética en edificios de tipología residencial del municipio durante el año 2026, dotada con 425.000 euros. El extracto de la convocatoria se publica en el BOCM núm. 225, de 21 de septiembre de 2026, sección III (Administración Local), con la referencia oficial BOCM-20260921-58 y el número de identificación BDNS 928825. La convocatoria se rige por la Ordenanza general de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Getafe y se tramita al amparo de los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getafe. El extracto está firmado en Getafe a 10 de septiembre de 2026 por la concejala-delegada de Personas Mayores y Vivienda, Gema Cáceres Martín, y lleva el número de expediente 03/14.753/26.

Dos líneas de actuación y reparto del presupuesto

La convocatoria promueve y subvenciona actuaciones en dos líneas principales:

  • Línea 1: instalación de ascensores en edificios de uso residencial colectivo con tres o más alturas que no dispusieran de esta instalación.
  • Línea 2: rehabilitación energética de la envolvente (fachadas y/o cubiertas), pudiendo incluir instalaciones de generación eléctrica para autoconsumo en cubiertas colectivas de edificios residenciales.

El importe máximo de la dotación presupuestaria asciende a 425.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 15221 78000. El reparto entre líneas es el siguiente:

  • Línea de actuación 1 (instalación de ascensores): 225.000 euros.
  • Línea de actuación 2 (rehabilitación energética de la envolvente): 200.000 euros.

Objeto: barreras arquitectónicas y demanda energética

El objeto de la convocatoria es la financiación parcial, por parte del Ayuntamiento de Getafe, de los costes de instalación de ascensores en edificios de uso residencial colectivo y de las actuaciones de mejora de accesibilidad de portales, con el fin de contribuir a la supresión de barreras arquitectónicas.

En paralelo, las ayudas financian actuaciones dirigidas a la rehabilitación energética a escala de edificio mediante la mejora del comportamiento térmico de la envolvente, con posible inclusión de instalaciones de generación eléctrica para autoconsumo en cubiertas colectivas. Los objetivos declarados son reducir la demanda energética del conjunto del edificio, disminuir la factura energética de los usuarios y mejorar las condiciones de confort y salubridad de los inmuebles del término municipal, poniendo especial esfuerzo en los ámbitos prioritarios identificados por la Estrategia de Rehabilitación de Getafe.

Beneficiarios, solicitud y plazo

Podrán acogerse a las ayudas las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales situadas en el municipio de Getafe que cumplan los requisitos generales y específicos establecidos en las bases de la convocatoria.

Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se presentarán a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Getafe (http://sede.getafe.es), siendo necesario disponer de un medio de identificación electrónico válido, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM.

La convocatoria llega a un municipio con un parque residencial envejecido y con comunidades de propietarios que afrontan obras de accesibilidad y eficiencia energética de coste elevado. La combinación de ambas líneas permite que los edificios sin ascensor y los que arrastran facturas energéticas altas concurran a una financiación municipal parcial, con el límite de las dotaciones fijadas para cada línea y un plazo de solicitud de apenas un mes natural.


Fuente: BOCM, núm. 225, de 21 de septiembre de 2026, sección III (Administración Local), pág. 162 (referencia oficial: BOCM-20260921-58).

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-09-21