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BOP de Soria · 09 Oct 2026 · 13 vistas

Gómara delega en su teniente de alcalde la instrucción de los procedimientos sancionadores

Por FactBox Admin

Gómara delega en su teniente de alcalde la instrucción de los procedimientos sancionadores

El Ayuntamiento de la Villa de Gómara ha delegado en el teniente de alcalde Hilario Molinos Borobio la condición de órgano instructor en los procedimientos sancionadores del municipio. La decisión se adoptó mediante resolución de Alcaldía de 6 de octubre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria número 117, correspondiente al viernes 9 de octubre de 2026, en la página 3455, con la referencia BOPSO-117-09102026.

La delegación se aprueba al amparo del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, precepto que obliga a publicar las delegaciones de competencias de los órganos de gobierno local para general conocimiento. El acuerdo aparece firmado en Gómara el 6 de octubre de 2026 por la alcaldesa, María García de Vinuesa González.

La publicación se produce en un momento de actividad administrativa continuada del consistorio, que en las últimas semanas ha tramitado expedientes de modificación de créditos y ha sometido sus cuentas a los trámites de información pública previstos en la legislación de haciendas locales.

Qué competencia se delega

La resolución traslada a la tenencia de alcaldía una función estrictamente procedimental: la instrucción de los expedientes sancionadores, es decir, la ordenación de las actuaciones previas a la resolución que en su día dicte el órgano competente. Los términos del acuerdo publicado son los siguientes:

  • Órgano que delega: la Alcaldía del Ayuntamiento de la Villa de Gómara.
  • Órgano en el que se delega: el teniente de alcalde Hilario Molinos Borobio.
  • Competencia delegada: la actuación como órgano instructor en procedimiento sancionador.
  • Fecha de la resolución: 6 de octubre de 2026.
  • Publicación: Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 117, de 9 de octubre de 2026, pág. 3455.

Base normativa y efectos del acuerdo

El anuncio se inserta en la sección de Administración Local del boletín provincial y se difunde, según el propio texto, “para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales”, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

La resolución, que pone fin a la vía administrativa, agota los recursos ordinarios en sede administrativa, de modo que los interesados solo pueden impugnarla por las vías tasadas que se detallan en el propio anuncio.

Plazos y vías de recurso

El acuerdo publicado abre dos alternativas de impugnación, con plazos y órganos distintos:

  • Recurso de reposición potestativo ante el alcalde del Ayuntamiento de Gómara, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del anuncio, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Soria, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  • Si el interesado opta por el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquel se resuelva expresamente o se produzca su desestimación por silencio.

El anuncio se cierra con la fórmula habitual de salvaguarda, que deja a salvo cualquier otro recurso que el interesado estime conveniente a su derecho.

Impacto para los vecinos

La delegación afecta directamente a cualquier vecino o interesado que se enfrente a un expediente sancionador tramitado por el Ayuntamiento de la Villa de Gómara: a partir de ahora la instrucción del procedimiento corresponde al teniente de alcalde Hilario Molinos Borobio, mientras que la resolución final seguirá el cauce que determine la normativa aplicable. La publicación en el boletín oficial es la que dota de eficacia y publicidad al acuerdo y la que activa el cómputo de los plazos de impugnación, por lo que marca la fecha desde la que los interesados pueden reaccionar frente a la resolución.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria, núm. 117, de 9 de octubre de 2026, II. Administración Local, pág. 3455 (referencia oficial: BOPSO-117-09102026).