BOP de Zamora · 21 Aug 2026 · 6 vistas
Fuentesaúco aprueba la ordenanza que regula el uso del pabellón municipal
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Fuentesaúco ha aprobado definitivamente la ordenanza reguladora del uso del Pabellón Municipal y la ordenanza fiscal reguladora de la fianza por su utilización, según el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora número 97, de 21 de agosto de 2026. La decisión, adoptada por el Pleno tras no haberse presentado alegaciones en el periodo de información pública, dota por primera vez de marco jurídico y fiscal a una instalación municipal que hasta ahora carecía de regulación.
El expediente, firmado por el alcalde el 19 de agosto de 2026, se apoya en la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, el RDL 2/2004 de Haciendas Locales y el RD 1372/1986 de Bienes de las Entidades Locales. La aprobación inicial se acordó en sesión plenaria ordinaria celebrada el 26 de agosto de 2025, y el texto se publicó en el BOP número 99 antes de su aprobación definitiva.
Fianzas y tarifas según el tipo de uso
La ordenanza fiscal fija la cuantía de las fianzas exigibles a los usuarios en función de la modalidad de uso, con entrega de llaves fuera del horario ordinario de apertura (de lunes a viernes, de 16:00 a 20:00 horas):
- Temporada (octubre a mayo): fianza de 200 €, con devolución de llaves en cinco días hábiles desde la finalización del periodo.
- Mensual: fianza de 50 € por mes, con devolución de llaves en los dos primeros días hábiles de la semana siguiente al mes de uso.
- Fin de semana: fianza de 30 €, con devolución de llaves el lunes inmediatamente posterior.
La fianza se devuelve íntegra si las instalaciones están en buen estado y las llaves se entregan a tiempo; en caso de desperfectos o retraso, el Ayuntamiento la retiene y puede reclamar daños adicionales. El pago debe efectuarse en las dependencias municipales al formalizar la reserva.
Prioridades de uso y solicitudes
Las solicitudes deben presentarse con un mínimo de cinco días hábiles de antelación e incluir nombre y DNI del solicitante, actividad, fecha y horario, y número de participantes. Dentro del horario ordinario tienen preferencia:
- Asociaciones locales.
- Clubes deportivos.
- Grupos de más de 8 personas.
Fuera del horario ordinario o en fines de semana, la atención se realiza por orden de solicitud. Para usos con menores de edad, la solicitud debe cursarla un adulto responsable, que deberá supervisar directamente a los menores fuera del horario ordinario.
Régimen sancionador
La ordenanza tipifica como infracciones no respetar el horario, incumplir el procedimiento de reserva y entrega de llaves, ocasionar daños en instalaciones o equipamiento, o vulnerar las normas de seguridad y supervisión de menores. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, y pueden acarrear la retención total o parcial de la fianza, la prohibición temporal de uso del pabellón o el requerimiento de reparación de daños con cargo al responsable.
El procedimiento sancionador se inicia por el órgano competente del Ayuntamiento, garantiza el derecho de audiencia del presunto infractor conforme a los artículos 53 a 55 de la Ley 39/2015, y sus resoluciones, que deben ser motivadas, son recurribles en vía administrativa y contencioso-administrativa.
Relevancia para los vecinos
Con esta aprobación, el Ayuntamiento de Fuentesaúco dota de seguridad jurídica y transparencia a una instalación deportiva muy utilizada por asociaciones y clubes de la localidad, estableciendo reglas claras de acceso, conservación y responsabilidad. La entrada en vigor de ambas ordenanzas, que se aplicarán de forma coordinada, supone un paso para garantizar la igualdad de acceso de los vecinos y la protección del patrimonio municipal.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, n.º 97, 21 de agosto de 2026, sección III. Administración Local, págs. 16-20 (referencia oficial: R-202602043).